Vivienda. El congreso aprueba aumentar al 20% la deducción para rehabilitación


El Pleno de Congreso de los Diputados aprobó este jueves subir del 10% al 20% la deducción fiscal en el IRPF por obras de reforma. Además, se extiende la deducción a obras en viviendas distintas de la habitual, y se amplía la cuantía máxima deducible y el límite de renta para beneficiarse de ella.
Esta iniciativa se incluye en el Real Decreto Ley de medidas para la regularización y control del empleo sumergido y fomento de la rehabilitación de viviendas, que fue convalidado con 167 votos a favor, 158 abstenciones y ocho en contra.
En concreto, se establece que los contribuyentes con una base imponible igual o inferior a 53.007,20 euros podrán beneficiarse en su totalidad de la deducción, frente a los 33.007,20 anteriores.
La deducción irá rebajándose progresivamente hasta quedar a cero para los contribuyentes con una base imponible superior a 71.007,20 euros, frente a los 53.000,20 que se establecía anteriormente.
Además, se eleva el límite máximo de base de deducción anual, que pasa de 4.000 euros a 6.750 euros.
Esto significa que la deducción anual máxima de la que se puede beneficiar un contribuyente será de 1.350 euros (el 20% de 6.750 euros), lo que permite equiparar el límite de esta deducción con la existente por inversión en vivienda.
Además, se aumenta el límite plurianual máximo deducible, que pasa de 12.000 euros a 20.000 euros.
CONDICIONES DE APLICACIÓN
La deducción continuará teniendo carácter temporal y se podrá aplicar únicamente a las obras realizadas (cantidades satisfechas) hasta el 31 de diciembre de 2012.
La creación de esta deducción, que ahora se amplía, se aprobó dentro del decreto de las medidas anticrisis de abril de 2010.
Del mismo modo, no varía el carácter finalista de las obras, que deberán destinarse a la mejora de la habitabilidad de la vivienda: eficiencia energética y del uso del agua, accesibilidad e instalación de infraestructuras para el acceso a Internet o a la TDT.
Se mantienen, por tanto, las exclusiones referentes a obras en garajes, jardines, parques, piscinas, elementos deportivos y análogos.
FACTURA DETALLADA
El derecho a la deducción en el IRPF exige factura detallada con todos los requisitos legales, incluyendo el desglose del IVA, que en muchos de los casos será el IVA reducido del 8% aplicable a las obras de renovación y reparación de viviendas.
Los medios de pago seguirán estando limitados a tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuenta en entidad de crédito. No se admiten los pagos en metálico. Las cantidades no deducidas en el año se arrastran a ejercicios posteriores.
Esta deducción es incompatible con la de inversión en vivienda cuando se trata de obras susceptibles de acogerse a ambos incentivos, de tal manera que sólo se aplique uno de ellos.

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