24-m. Famma pide un operativo de transporte para que los electores con discapacidad puedan votar el 24-m


La Federación de Asociaciones de Personas con Discapacidad Física y Orgánica de la Comunidad de Madrid (Famma-Cocemfe Madrid) reclama, ante las elecciones autonómicas y municipales del próximo 24 de mayo, que las personas con discapacidad puedan ejercitar su derecho a voto sin barreras y para ello pide que se ponga en marcha un operativo especial de transporte accesible durante el proceso electoral.
La federación recuerda en una nota que el Real Decreto 422/2011, de 25 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones básicas para la participación de las personas con discapacidad en la vida política y en los procesos electorales, establece en su artículo 11, relativo al transporte de electores, que “en los procesos electorales cuya gestión sea competencia de la Administración General del Estado y se constate la ausencia de transporte público accesible al local electoral, la Administración General del Estado proporcionará medios de transporte gratuitos adecuados para las personas con discapacidad motriz que lo soliciten”.
Famma apela al estricto cumplimiento de esta normativa el 24-M, "con el fin de que los electores con discapacidad tengan garantizado el derecho a ejercer su voto de forma libre, secreta y sin barreras".
Para poder hacerlo, la federación entiende que es imprescindible que se articule un operativo especial de transporte accesible y gratuito para todos aquellos electores con discapacidad y/o movilidad reducida que lo necesiten, "porque, de lo contrario, se seguirá vulnerando un derecho fundamental como es el del derecho a voto".
Asimismo, indica que la mayoría de los preceptos que recoge el citado reglamento, que tiene como objetivo “regular las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación que deben reunir los entornos (…) para la participación de las personas con discapacidad en la vida política y en los procesos electorales”, son incumplidos de forma sistemática.
"Sin ir más lejos", indica la nota, "el propio artículo 3 de este reglamento dispone que la accesibilidad de los locales electorales debe estar garantizada para las personas con discapacidad y que, 'en el supuesto de que no exista ningún local accesible (…), la Junta electoral competente adoptará las medidas necesarias para que los locales disponibles sean accesibles durante la jornada electoral'. Esta premisa, tal y como constata Famma, es una utopía a día de hoy, y un elevado número de locales electorales de la Comunidad de Madrid no son accesibles, dado que presentan barreras importantes que dificultan e incluso impiden el ejercicio del derecho a voto".
Por último, Famma reitera, en virtud del mencionado real decreto, que los locales electorales deben “disponer de un espacio concreto, accesible y adecuado, que garantice la privacidad del elector y que se encuentre lo más cerca posible de la mesa en la que le corresponda ejercer su derecho de sufragio”.

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