Absueltos el dueño y el encargado del club Model's acusados de tener a 32 trabajadoras ilegales

  • La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Asturias ha absuelto al propietario y encargado del club de alterne Model's, en Siero, acusados de un delito contra el derecho de los trabajadores por tener a 32 personas trabajando en el local sin estar dadas de alta en la Seguridad Social. Además, el tribunal absuelve también a la mercantil Asturrobledo S.L.
EUROPA PRESS

La Fiscalía solicitaba la clausura del local durante dos años y penas de prisión de un año y medio para cada uno de los acusados, sin embargo la Audiencia considera que no se han podido probar los hechos delictivos que apuntaba el Ministerio Público.

"Los hechos declarados probados no son legalmente constitutivos de ilícito penal, ni la participación directa y voluntaria de los acusados en los hechos ha sido cumplidamente acreditada en el juicio oral, debiendo prevalecer la presunción de inocencia que les asiste, no desvirtuada mediante suficiente prueba de cargo", sostiene el tribunal.

La Audiencia se acoge a la jurisprudencia y destaca en el fallo que el acuerdo del Pleno no Jurisdiccional de la Sala Segunda del Tribunal Supremo de 3 de junio de 2015 establece que las declaraciones obrantes en los atestados policiales no tienen valor probatorio de cargo. Singularmente, ni las declaraciones autoincriminatorias ni las hereroinculpatorias prestadas ante la policía pueden ser consideradas exponentes de prueba anticipada o de prueba preconstituida.

Por lo tanto, el tribunal asturiano considera que no se ha acreditado que el R. F. A., supuesto encargado del negocio, fuese más que jefe de sala que coordinaba a los demás camareros y se ocupaba de

reponer existencias pues no admite ser encargado, ni hay prueba de que desempeñara funciones de contratación.

Por otra parte, las únicas testigos que estaban en el local, además de la recepcionista, negaron durante la vista oral haber estado allí trabajando en aquella época, "de manera que inferir que la relación de personas que no figuraban de alta estaban prestando servicios laborales sobre la base de indicios como la impresión de la clase de prendas que vestían o los expresados testimonios de referencia, es inviable", zanja el juez.

Por lo tanto, no ha quedado demostrado que dichas personas estuvieran trabajando en el local, en particular con el fin de captar

clientes para efectuar consumiciones.

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