El Gobierno regional cree importante que los ciudadanos conozcan que el trámite de consulta pública es previo a la redacción de cualquier borrador de norma, tal como establece a modo de novedad el artículo 133.1 de la reciente Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que señala que "con carácter previo a la elaboración del proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados".
Además, tiene como único objetivo recabar la opinión de las personas y organizaciones potencialmente afectadas acerca de, al menos, cuatro aspectos: los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa; la necesidad y oportunidad de su aprobación; los objetivos de la norma; y las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
De ahí que, según señala el Gobierno regional, en este momento no esté disponible el borrador del Anteproyecto, ya que la finalidad de este primer paso es poder recabar opiniones que puedan ser tenidas en cuenta a la hora de redactar dicho borrador.
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