CATALUÑA. EL TC SUSPENDE LA REFORMA DEL REGLAMENTO DEL PARLAMENT Y EXIGE "IMPEDIR" SU UTILIZACIÓN

- Avisa a la Mesa del Parlamento de Cataluña del "deber de impedir" su uso y de las "responsabilidades penales" de desoir esta decisión. El Pleno del Tribunal Constitucional acordó este lunes por unanimidad la admisión a trámite del recurso presentado por el Gobierno de Mariano Rajoy contra la Reforma del Reglamento del Parlamento de Cataluña, que pretende facilitar y acelerar el proceso de independencia impulsado por Carles Puigdemont, y la dejó en suspenso a la espera de decidir sobre el fondo de la misma.
Tras una reunión que comenzó a las 17.30 horas, el Constitucional informó a través de un comunicado de la admisión a trámite del recurso de inconstitucionalidad promovido por el presidente del Gobierno contra el apartado segundo del artículo 135 del Reglamento del Parlamento de Cataluña.
Dicha reforma, aprobada con los votos favorables de los independentistas de Junts pel Sí y la CUP y del diputado no adscrito Germà Gordó, permite promover leyes a través de la vía de lectura única, procedimiento de urgencia que acorta los plazos del debate y restringe la presentación de enmiendas.
Se trata de una herramienta fundamental con vistas al referéndum del 1 de octubre, dado que la Generalitat de Cataluña pretende tramitar las leyes de desconexión del resto de España mediante este procedimiento.
El Tribunal Constitucional acordó este lunes la admisión a trámite del recurso presentado por el Gobierno de España y la suspensión automática de la Reforma del Reglamento del Parlamento de Cataluña de acuerdo a la solicitud planteada por el Ejecutivo de Rajoy conforme al artículo 161.2 de la Constitución.
Dicho precepto establece que “el Gobierno podrá impugnar ante el Tribunal Constitucional las disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las Comunidades Autónomas. La impugnación producirá la suspensión de la disposición o resolución recurrida, pero el Tribunal, en su caso, deberá ratificarla o levantarla en un plazo no superior a cinco meses”.
AVISO A FORCADELL
La decisión adoptada este lunes por el Tribunal Constitucional tiene efectos desde la interposición del recurso el pasado 28 de julio e incluye una "notificación personal" de la providencia a los responsables de la Mesa del Parlamento de Cataluña para que la cumplan y la hagan cumplir.
En concreto, avisa por escrito de las consecuencias a la presidenta del Parlamento de Cataluña, Carme Forcadell i Lluís; al vicepresidente primero, Lluís Guinó i Subirós; al vicepresidente segundo, José María Espejo-Saavedra Conesa; a la secretaria primera, Anna Simó i Castelló; al secretario segundo, David Pérez Ibáñez; al secretario tercero, Joan Josep Nuet i Pujals; a la secretaria cuarta, Ramona Barrufet i Santacana; al secretario general del Parlamento de Cataluña, Xavier Muro i Bas; y al Letrado Mayor del Parlamento de Cataluña, Antoni Bayona i Rocamora.
El Tribunal Constitucional advierte a todos ellos “del deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir la suspensión acordada”. En particular, les alerta de su deber de abstenerse de “iniciar, calificar, introducir en el orden del día de cualquier órgano del Parlamento de Cataluña y, en general, de dictar acuerdo alguno que implique la tramitación de una proposición de Ley por el procedimiento de lectura única en aplicación del impugnado apartado segundo del art. 135 del Reglamento del Parlamento de Cataluña".
Además, apercibe a todos ellos "de las eventuales responsabilidades, incluida la penal, en la que pudieran incurrir en caso de incumplir dicho requerimiento” y si permiten que se tramiten reformas legislativas mediante el nuevo procedimiento introducido por los independentistas en el Reglamento de la cámara autonómica.
Esta resolución del Tribunal Constitucional debe ser publicada en el Boletín Oficial del Estado y en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, a la vez que dará traslado al Congreso de los Diputados y al Senado, así como al Parlamento y a la Generalitat de Cataluña, que dispondrán de quince días para personarse en el proceso y formular las alegaciones que consideren convenientes.
Por último, el Tribunal Constitucional habilita el mes de agosto para la tramitación del presente recurso de inconstitucionalidad, sobre cuyo fondo no entró en la reunión de este lunes porque la admisión a trámite del recurso de inconstitucionalidad y la suspensión cautelar acordada "no suponen anticipo alguno del pronunciamiento sobre el fondo del recurso, que el Tribunal resolverá en próximas fechas".

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