En la sentencia, recogida por Europa Press, se da por hecho que a las 13.00 horas del 4 de septiembre ed 2014, la madre de la víctima se disponía a tirar la basura en el contenedor cercano a su domicilio mientras su hija, de 12 años, le esperaba sentada en un banco.
Cuando la menor se encontraba sentada en dicho banco manipulando su teléfono móvil, el acusado, que deambulaba en las inmediaciones con una lata de cerveza en la mano, se acercó a la menor, invitándola a ir a su casa.
Ante dichas frases la menor se levantó del banco y empezó a llamar a su madre gritando, momento en el cual, el acusado, con ánimo de satisfacer sus deseos sexuales, agarró del brazo a menor, lamiéndole la cara y tocándole el pecho.
En dicho momento, la madre se puso en medio y le recriminó su comportamiento, ante lo que el acusado se rió y la empujó contra un árbol.
Refleja la sentencia que el acusado padece una esquizofrenia paranoide, si bien no consta que en el momento de los hechos tuviese alteradas sus facultades mentales por motivo de su enfermedad o de la ingesta de alcohol.
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