Según se declaró probado por el juzgado, y consta en la sentencia de la Audiencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, un día de diciembre de 2015, la mujer estaba junto a otra no identificada cuando fue sorprendida esperando fuera de un establecimiento comercial a dos menores de nueve años que estaban dentro.
Éstos "se introducían en la tienda para apoderarse de prendas de ropa", mientras que ella alertaba a los menores en caso de que fueran a ser descubiertos. En este caso, la acusada fue sorprendida cuando les avisaba a los dos niños, que estaban manipulando la alarma de un pantalón, que dejaron allí ante la advertencia.
Por estos hechos, se condenó a la mujer por un delito de hurto en grado de tentativa y se le impuso cuatro meses y 15 días de prisión, además del pago de una indemnización de 40 euros al establecimiento, ya que el pantalón quedó deteriorado para la venta tras extraerle el dispositivo de alarma.
La defensa presentó un recurso contra la sentencia, alegando error a la hora de interpretar las pruebas, algo que para la Sala no existe, remitiéndose a la declaración del vigilante de seguridad que vio a los dos menores tratando de manipular la alarma y a la acusada diciendo a uno que corriera cuando se aproximaba.
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