En un auto recogido por Europa Press, la Sección Novena de la Audiencia ha rechazado el recurso de apelación del acusado y ha avalado la condena que le impuso un juzgado penal de la capital catalana por un delito de lesiones y otro contra la integridad moral: un año de prisión por cada uno.
En su recurso, el acusado reconoció la agresión pero negó que su intención fuese atentar contra la dignidad y la integridad moral de la mujer, alegado que su escupitajo no lo dirigía a ella sino que su reacción era contra el cajero al no haber podido sacar dinero.
El acusado también alegó que no se percató de que estaba la mujer y que, cuando la vio, ella le apuntaba con un cuchillo de 20 centímetros, por lo que "de forma defensiva le golpeó una o dos veces con la pierna".
Sin embargo, el tribunal ha dado plena credibilidad a las declaraciones de la víctima y de una viandante que compareció como testigo tras haber acudido en la ayuda de la mujer: "No hay duda de la participación del acusado y de su propia intención de menoscabar la integridad" de la indigente, concluye el tribunal.
Por eso, la Audiencia ha confirmado que el acusado aprovechó la "extrema vulnerabilidad" de la víctima --sin techo y sin apoyo familiar y social-- para agredirla de forma absolutamente gratuita con total desprecio hacia las personas sin hogar.
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