Con carácter general, el horario mínimo se reduce de 40 a 37 horas y media semanales, que se ha de realizar de lunes a viernes, de 9.00 a 22.00 horas, siendo de obligada apertura la franja de 10.00 a 13.00 horas y de 17.00 a 19.00 horas.
En los municipios con menos de mil habitantes sin centro de salud, este horario será de 30 horas semanales. Excepcionalmente, se podrán autorizar horarios mínimos diferentes en municipios con muy poca población, zonas turísticas u otras circunstancias especiales acreditadas, han informado el Departamento de Sanidad en una nota de prensa.
En cuanto a la ampliación horaria voluntaria, se establecen seis módulos. El primero permite abrir los sábados por la mañana excepto festivos; el segundo, contempla la apertura de todos los días del año hasta las 21.30 horas; el tercero tiene el mismo horario que el anterior pero sin domingos ni festivos; el cuarto también plantea apertura de lunes a sábados sin festivos, pero con horario interrumpido a mediodía; el quinto permite abrir todos los días del año también con parada entre el cierre matinal y la apertura vespertina; y el sexto y último da la opción de abrir las 24 horas del día todo el año.
El horario elegido deberá ser comunicado a la autoridad sanitaria en los primeros diez días de septiembre y tendrá efecto del 1 de enero al 31 de diciembre del siguiente año.
De esta forma, "se pretende mejorar la organización de las propias farmacias y la accesibilidad de los ciudadanos a este servicio en términos de calidad y eficiencia teniendo en cuenta las características del territorio aragonés, así como ofrecer mayor seguridad jurídica, atendiendo a las transformaciones económicas y sociales", han apuntado las citadas fuentes.
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