Diputación alavesa exige a los profesionales que trabajan con menores que acrediten no tener antecedentes por abusos

EUROPA PRESS

Estas medidas son consecuencia de la entrada en vigor, el pasado 1 de marzo, de la modificación de la Ley de Protección Jurídica del Menor, que impone como requisito imprescindible, para acceder y ejercer a profesiones que impliquen el contacto habitual con menores, el no haber sido condenado, por sentencia firme, a algún delito contra la libertad sexual.

El Instituto Foral de Bienestar Social (IFBS), dependiente de la Diputación, ha solicitado a todos los trabajadores que realizan actividades en contacto habitual con menores que cumplan esta condición, según ha informado este lunes el Gobierno foral en un comunicado.

Los empleados de empresas y asociaciones que mantienen contratos y convenios de colaboración con IFBS y trabajan con menores también deberán acreditar no tener antecedentes por esta clase de delitos.

En la actualidad, hay más de 60 trabajadores del IFBS afectados por este requisito, fundamentalmente procedentes del Área del Menor y Familia. El ente foral también ha informado de este requisito a las empresas y asociaciones que prestan servicio en los diferentes hogares, centros y pisos de acogida de menores, así como en centros para personas con discapacidad.

Todos estos profesionales deberán acreditar que no tienen antecedentes por delitos de abuso sexual mediante la aportación de una certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, perteneciente al Ministerio de Justicia.

De forma transitoria y hasta la obtención de dicho certificado, el IFBS admitirá la presentación de una declaración jurada, tanto de los trabajadores que están desempeñando su puesto de trabajo en contacto habitual con menores, como en los casos de nombramientos realizados con escaso margen desde que se produce el llamamiento. Tal declaración en ningún caso sustituirá la obligación de presentar la certificación negativa en cuanto sea posible cumplimentar dicho trámite.

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