El Hospital de Torrejón afirma que el juez autorizó el enterramiento tras no poder contactar con los padres en un mes

EUROPA PRESS

Tras trasmitir sus condolencias, el centro ha subrayado que ha estado al servicio de los padres en todo momento, "con el máximo nivel de profesionalidad durante la atención y el mayor nivel de transparencia tras la tragedia".

"La atención que todos los profesionales que participaron en la atención de la madre y de su bebé se ha ceñido escrupulosamente a la mejor práctica asistencial y han mantenido a la madre informada de cada uno de los pasos, incluyendo los riegos que se asumían en caso de renunciar a la inducción al parto recomendada por nuestros clínicos", ha agregado el hospital.

Asimismo, han hecho hincapié en que "todas las decisiones" se han hecho "siguiendo el mandato judicial, cumpliendo de manera minuciosa lo que marca y dicta la ley y de manera totalmente transparente".

Además, han explicado que el hospital ha intentado de manera proactiva en varias ocasiones ponerse en comunicación con los padres para informarles de la necesidad de que se hicieran cargo de los restos de su hijo, sin obtener ninguna respuesta, incluyendo el envío de un burofax, intento de comunicación con su abogada y llamadas telefónicas a los propios padres".

"El hospital sólo ha procedido al enterramiento de los restos del bebé (más de un mes después de su fallecimiento) de acuerdo a las indicaciones del juzgado y tras haber intentado comunicarse con los padres por todos los medios posibles, sin respuesta alguna por parte de los padres", ha dicho.

CRONOLOGÍA COMPLETA DEL CASO

Según la cronología, la mujer acude el 21 de julio de 2016 a este hospital, dado que es la fecha en la que tiene visita programada para el control de su embarazo ya a término. Hasta la fecha no se produce ninguna incidencia.

"En esta revisión se le propone a la madre la inducción del parto ya que el embarazo ha llegado a término y el embarazo no se ha declarado espontáneamente, a lo que la madre se niega y decide por voluntad propia y contra la recomendación del Servicio de Obstetricia y Ginecología continuar esperando. En su historial clínico queda constancia de ello", agregan.

Según el relato, el 5 de agosto la madre acude a consulta donde se vuelve a recomendar la inducción del parto, ante la negativa se decide esperar como tiempo máximo al 8 de agosto. En esta fecha la madre se encuentra en la semana 42 de gestación.

El 7 de agosto a las 23.00 horas la madre acude a urgencias por rotura de membranas con líquido meconial, se inicia la inducción al parto inmediatamente. "Durante el expulsivo la frecuencia fetal es buena. En el momento del nacimiento se procede a reanimación, debido a aspiración meconial, sin conseguir recuperación", añade el centro. El 8 de agosto de 2016 a las 5.00 falleció el bebé.

El centro ha subrayado que el cuerpo pasa a la cámara frigorífica , ya que su protocolo contempla que los cuerpos estén un periodo máximo de 48 horas. El hospital ofrece a los padres la realización de una autopsia clínica, se realiza y se determina que la causa de fallecimiento es aspiración meconial.

DENUNCIA DE LOS HECHOS

Los padres se personaron en los juzgados para denunciarlo y solicitar una autopsia judicial. El médico forense de los Juzgados tras ver el historial clínico, el informe de la autopsia clínica y entrevistarse con todos los facultativos intervinientes toma la decisión de no realizar una autopsia.

El 9 de agosto se recibe oficio por parte del juzgado en el que se insta a que se remita el historial clínico relativo al parto y se toman, según afirma el centro, "las medidas precisas para la conservación del cadáver hasta que el juzgado decida sobre la competencia de llevar a cabo la autopsia judicial solicitada por la familia".

El 17 de agosto el hospital manda dos comunicaciones al juzgado, en la primera le remite copia de la historia clínica solicitada y en la segunda se le informa si bien se han tomado las medidas para conservación del cadáver se les comunique con carácter urgente si se va a proceder a la realización de la autopsia judicial habida cuenta de que lo restos sufren un deterioro inevitable.

El 18 de agosto se manda un tercer comunicado al juzgado explicando que, habiendo conservado los órganos internos en formol, respecto al resto del cuerpo nuestras instalaciones "no consiguen frenar la descomposición, no pudiendo tenerlo por más tiempo y solicitando indicaciones para proceder respecto al destino del mismo".

ORDEN JUDICIAL

El 18 de agosto de 2016 el hospital recibe providencia judicial en la que se autoriza que se proceda respecto del cadáver según los protocolos, siempre que "los órganos se mantengan en formol, dado que no se considera necesaria", según el informe del médico forense, realizar autopsia judicial.

Se decide esperar a tener el segundo certificado de defunción dado que han pasado más de 24 horas y se espera a comunicarlo. Según el centro, el 24 de agosto de 2016 el hospital llama al padre sin obtener respuesta a las 09.49 horas; 10.37; 11.34; y 13.29 horas al teléfono facilitado por el padre.

Según explica el centro, el 25 de agosto el padre contacta con el Hospital, y se le informa que puede recoger los restos del cuerpo pero éste indica que su abogada se pondrá en contacto con el hospital. El 26 de agosto se vuelve a llamar al padre, "ya que el Hospital no recibe noticias por parte de ellos", destacan.

"Se le explica la necesidad urgente de retirada del cadáver. El padre pregunta si la abogada se ha puesto en contacto con el hospital y se le comunica que su abogada no se ha puesto en contacto por el momento", relatan.

La asesoría jurídica del Hospital llamó a los juzgados donde se le indicó, según explican, que la familia ha presentado un recurso y el 30 de agosto "se emite auto por el juzgado por medio del cual se desestima el recurso y se acuerda que no ha lugar la práctica de las diligencias peticionadas por el interesado, es decir, la autopsia judicial".

El 7 de septiembre, un mes después del fallecimiento del recién nacido, el Hospital apunta que informó de nuevo a la familia de que el centro no puede asegurar las condiciones de conservación necesarias tras el periodo de tiempo transcurrido.

"Se avisa entonces de que si ellos no pueden hacerse cargo del traslado del cuerpo, se comunicará a Asuntos Sociales para que realicen el traslado ya que cuentan con providencia judicial que autoriza al Hospital a ello y determina que no es necesaria una autopsia judicial", señalan.

Según el centro, el padre hace referencia a que la información está en manos de su abogada, pero le indica el hospital que "en ningún caso su abogada se ha puesto en contacto con ellos y finalmente se les facilita su nombre y teléfono".

"Como el hospital no recibe noticias por parte de la abogada de la familia decidimos contactar con ella. La abogada no permite el desarrollo de la conversación y no podemos exponerle el caso y por tanto comunicarle que tenemos que proceder, según autorización del juzgado, a la retirada del cadáver del centro hospitalario", explica el centro .

"Transcurrido casi un mes, ante la imposibilidad de conseguir que la familia se haga cargo de la retirada del cadáver y de la inviabilidad de conservación dado que el cuerpo se encuentra en un estado muy avanzado de descomposición, es necesario tomar medidas urgentes para evitar un problema de Salud Pública", añade.

Según el centro, el 13 de septiembre se envía un escrito a la familia dando un plazo de 48 horas para retirar el cuerpo. "Reciben notificación del burofax pero no acuden a recogerlo", agrega.

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