En un comunicado este lunes, el Icab recuerda que ya ha denunciado en múltiples ocasiones y foros las dificultades de acceso a los atestados policiales en dependencias policiales por parte de los letrados que realizan asistencias a personas detenidas.
Por eso, se felicita ante una sentencia que asegura que reafirma el posicionamiento y argumentación que ha mantenido el colegio en relación al derecho de defensa y acceso al atestado policial.
Dicho fallo establece que el acceso al expediente supone la entrega del atestado y no que la policía facilite simplemente los datos que ellos consideren esenciales, y que la entrega del expediente se tiene que hacer antes de la entrevista reservada previa del abogado con la persona detenida.
También incide en que la infracción de dicho derecho a la información durante la detención es denunciable por la vía del 'habeas corpus'.
Desde el Icab se considera que dicha sentencia facilita a la abogacía una argumentación decisiva para exigir el atestado policial, según el comunicado.
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