Penas de hasta 20 años de prisión por un delito de incendio, según el Código Penal

  • Quienes provoquen el incendio serán castigados con una pena de prisión de tres a seis años y multa de 18 a 24 meses.

    La pena puede ser de entre 10 y 20 años cuando se ponga en riesgo la vida.

Penas de hasta 20 años de prisión por un delito de incendio según el Código Penal
Penas de hasta 20 años de prisión por un delito de incendio según el Código Penal
Ana Domingo

En marzo de 2015 se modificó el Código Penal precisamente para endurecer las penas en los casos de incendio forestal. Era una demanda que venía de lejos en un país en el que más del 95% de los incendios forestales son debidos a la mano del hombre.

Aunque el nuevo texto mantiene el tipo básico vigente hasta entonces (penas de prisión de uno a cinco años y multa de 12 a 18 meses), en los supuestos agravados se prevé una sanción autónoma.

De esta forma, quienes provoquen el incendio serán castigados con una pena de prisión de tres a seis años y multa de 18 a 24 meses, cuando el incendio alcance especial gravedad y concurran las circunstancias establecidas en el Código.  De todos modos, en aquellos casos en los que haya habido peligro para la vida o para la integridad física de las personas las penas podrían incrementarse hasta los veinte años. Se aplicaría, en estos supuestos, el artículo 351, que prevé penas de entre diez y veinte años de cárcel para los causantes de incendios, forestales o no, que pongan en peligro vidas humanas.Entre tres y seis años de prisión para fuegos de gran superficieCuando los fuegos forestales afecten a una superficie de considerable importancia, cuando provoquen graves efectos erosivos en los suelos, cuando se alteren significativamente las condiciones de vida animal o vegetal o dañen algún espacio protegido, o cuando el incendio afecte a zonas próximas a núcleos de población o a lugares habitados, sus autores serán castigados con penas de prisión de entre tres y seis años y multa de 18 a 24 meses.También serán castigados con entre tres y seis años los incendiarios que actúen para obtener un beneficio económico.

Dada la complejidad de este tipo de delitos y la necesidad de realizar una investigación lo más ágil posible, la instrucción y el enjuiciamiento de los incendios forestales se encomendará a tribunales profesionales, y se elimina la competencia del tribunal del jurado en el delito de incendios.Diferencia entre delito de daño y delito de incendio

Incendiar es destruir o deteriorar -destrucción parcial- una cosa, mediante el fuego. Pero cuando la intención es simplemente destruir, y para ello se recurre al fuego, sin que se cree un peligro para las personas o el medio ambiente, existe un delito de daños y no de incendio.

El delito exige voluntad de realizarlo, pero también se castiga el incendio por imprudencia grave, es decir, cuando se actúa con falta del cuidado más elemental, como es el caso de La Palma.

Incendio forestal, según la Ley de Montes de 21 de noviembre de 2003, es el fuego que se extiende sin control sobre combustibles forestales situados en el monte.

El delito consiste en incendiar "montes o masas forestales", agravándose la pena si se crea, además, una situación de peligro para las personas, como es el caso.

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