Rodear el Congreso con las Cortes reunidas lleva a la cárcel y 9 respuestas más

Rodear el Congreso con las Cortes reunidas lleva a la cárcel y 9 respuestas más
Rodear el Congreso con las Cortes reunidas lleva a la cárcel y 9 respuestas más

La Coordinadora 25S, organizadora de las protestas que en 2012 se sucedieron en las inmediaciones del Congreso de los Diputados para reclamar la apertura de un proceso constituyente, ha convocado una manifestación para el día de la investidura con el lema "ante el Golpe de la mafia, Democracia".

Quizá animados por el "éxito" de la convocatoria anterior, han decidido repetir. Y es que la protesta les salió "gratis": el juez Santiago Pedraz dejó en libertad y archivó la causa contra los ocho imputados que habían sido arrestados durante la manifestación del 25-S. 

El juez estimó que los promotores imputados en ningún caso trataron de invadir el Congreso, como mantenía la policía ni alteraron el normal funcionamiento de la Cámara y recordó que los fines de la protesta -exigir la dimisión del Gobierno, la disolución de las Cortes e iniciar un proceso constituyente- están protegidos por el derecho fundamental a la libertad de expresión.

Diferentes cargos de Podemos han expresado su respaldo a esa manifestación. En el caso de IU, su líder Alberto Garzón ha confirmado su asistencia mientras que el secretario general de la formación morada, Pablo Iglesias, ha avanzado que saludará a los manifestantes.¿Dónde tendrá lugar la manifestación?

Según ha indicado la coordinadora, la protesta tendrá en lugar en los alrededores del Congreso de los Diputados, entre la Puerta del Sol y la Plaza de Neptuno. Se ha convocado para las 19.00 horas del sábado.

De este modo, los manifestantes que acudan a esta protesta comenzarán a congregarse en las inmediaciones de la Cámara Baja cuando, según las previsiones, esté a punto de comenzar o haya incluso arrancado ya el debate previo a la segunda y definitiva votación de investidura de Rajoy.

Es decir, en un principio no se prevé rodear el Congreso, aunque en Twitter ya se baraja la posibilidad de hacerlo.¿Qué dice la Delegación del Gobierno?

Los organizadores comunicarán su intención de celebrar la marcha a la Delegación del Gobierno en Madrid, que es el organismo que ha de autorizarla.

Este organismo ha explicado a lainformacion.com que tienen constancia de que van a solicitar convocar esta manifestación. "Lo solicitarán con carácter de urgencia porque las fechas son muy próximas", han comentado.

Por otro lado, la Delegación del Gobierno ha insistido en que no pueden asegurar a priori si se aprobará o no y que es el comité de Derechos Ciudadanos el que debe pronunciarse al respecto.

Según los 60 los colectivos que impulsan esta convocatoria que, a diferencia de anteriores ocasiones, han decidido comunicar a la Delegación del Gobierno en Madrid para evitar que la gente se quede en casa "por la psicosis del miedo" y para garantizar que puedan manifestarse y "expresarse libremente".¿Cómo se convoca una manifestación?

La celebración de manifestaciones, a diferencia de las reuniones, sí debe ser comunicada por escrito a la autoridad gubernativa correspondiente. En esta ocasión, al tratarse de un caso de urgencia la comunicación podrá hacerse con 24 horas de antelación. La solicitud debe incluir:Nombre, apellidos, domicilio y documento oficial de identificación del organizador u organizadores o de su representante, caso de personas jurídicas, consignando también la denominación, naturaleza y domicilio de éstas.Lugar, fecha, hora y duración prevista.Objeto de la misma.Itinerario proyectado, cuando se prevea la circulación por las vías públicas.Medidas de seguridad previstas por los organizadores o que se soliciten de la autoridad gubernativa.¿Pueden prohibirla? 

Si la autoridad gubernativa considerase que existen razones fundadas de que puedan producirse alteraciones de orden público, con peligro para personas o bienes, podrá prohibir la reunión o manifestación o, en su caso, proponer la modificación de la fecha, lugar, duración o itinerario.

La resolución deberá adoptarse en forma motivada y notificarse en el plazo máximo de setenta y dos horas desde la comunicación prevista en el artículo octavo de la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora del derecho de reunión, de acuerdo con los requisitos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.¿Qué pasa si la prohíben, pero siguen adelante?

Los promotores o directores de cualquier reunión o manifestación que convocaren, celebraren o intentaren celebrar de nuevo una reunión o manifestación que hubiese sido previamente suspendida o prohibida, y siempre que con ello pretendieran subvertir el orden constitucional o alterar gravemente la paz pública, serán castigados con las penas de prisión de seis meses a un año y multa de seis a doce meses, sin perjuicio de la pena que pudiera corresponder, en su caso, conforme a lo establecido en el artículo 514.5 del Código Penal.¿Qué pasa si rodean el Congreso?

Si finalmente aprueban la manifestación pero, pese a ello deciden rodear el Congreso, los participantes se enfrentarían a graves sanciones.

En primer lugar, según la Ley de Seguridad Ciudadana se considera falta grave "la perturbación grave de la seguridad ciudadana que se produzca con ocasión de reuniones o manifestaciones frente a las sedes del Congreso de los Diputados, el Senado y las asambleas legislativas de las comunidades autónomas, aunque no estuvieran reunidas, cuando no constituya infracción penal". Esta falta estaría castigada con multa de 601 a 30.000 euros.¿Podrían ir a la cárcel?

Sí, al estar reunidas las Cortes, esta conducta pasaría a estar regulada por el Código Penal. Así, según su artículo 494, "incurrirán en la pena de prisión de seis meses a un año o multa de doce a veinticuatro meses los que promuevan, dirijan o presidan manifestaciones u otra clase de reuniones ante las sedes del Congreso de los Diputados, del Senado o de una Asamblea Legislativa de Comunidad Autónoma, cuando estén reunidos, alterando su normal funcionamiento.

Además, si intentaran entrar en el Congreso, la pena se agravaría ya que según el artículo 495, "los que, sin alzarse públicamente, portando armas u otros instrumentos peligrosos, intentaren penetrar en las sedes del Congreso de los Diputados, del Senado o de la Asamblea Legislativa de una Comunidad Autónoma, para presentar en persona o colectivamente peticiones a los mismos, incurrirán en la pena de prisión de tres a cinco años".¿Es lo único que pueden imputarles?

No. El lema de la manifestación "es ante el Golpe de la mafia, Democracia", es decir, que está llamado mafiosos y antidemocráticos a los miembros de unas Cortes legítimamente constituidas.

Según el artículo 496 del Código Penal, "el que injuriare gravemente a las Cortes Generales o a una Asamblea Legislativa de Comunidad Autónoma, hallándose en sesión, o a alguna de sus Comisiones en los actos públicos en que las representen, será castigado con la pena de multa de doce a dieciocho meses".¿Qué puede hacer la Policía?

Se realizará un despliegue de distintas unidades policiales, entre ellas destacan las UIP tienen establecidos protocolos de actuación para sus intervenciones más habituales.

En el caso de manifestaciones que deriven en actos violentos o que alteren el orden público, los protocolos se basan en el principio de «intervención mínima de la fuerza y de menor lesividad» y de «uso progresivo de la fuerza».

A su vez los supuestos para poder disolver reuniones y manifestaciones por las fuerzas del orden aparecen contemplados en la Ley Orgánica 9/1983 reguladora del derecho de reunión. Tanto desde el Sindicato Unificado de Policía (SUP) como desde CEP aseguran que esta fórmula se aplica en casos de "grave alteración de la seguridad ciudadana", lo que significa, en términos generales, cortar el tráfico, arrojar objetos contra otras personas o destruir el mobiliario urbano.¿Cómo debe actuar un antidisturbio?

En casos donde manifestaciones deban ser disueltas, la actuación de la UIP comienza por la identificación de los promotores y la solicitud verbal de disolución. En caso de no producirse, se debe empezar usando la «fuerza mínima» (artificios de ruido y uso de las porras en zonas poco lesivas) hasta pasar al uso de medios más contundentes como las escopetas lanzadoras de pelotas de caucho o los gases lacrimógenos.

Fuentes de esta unidad consultadas por lainformacion.com explican que antes de cargar tienen que recibir una orden expresa para ello por parte de sus superiores. "Normalmente, tenemos que aguantar horas de insultos y humillaciones y cuando cargamos es solo porque hay un riesgo grande de que los disturbios causen graves destrozos materiales o personales", detalla.

Para ellos es especialmente dura ver la reacción de la gente ante su trabajo. "Nos acusan de emplear una fuerza desmedida, pero en las manifestaciones violentas suele haber más heridos policías que civiles. Nosotros hacemos nuestro trabajo lo mejor posible para evitar males mayores", defienden.

Para la manifestación de Madrid se espera un gran despliegue de estas unidades, con más de 1.500 efectivos. "Se trata de preservar la soberanía popular y uno de los días más importantes de cualquier país demócrata: la investidura de un Presidente", concluyen.

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