TS reduce por confesión la prisión para un policía de Mislata que falseó multas a un hombre con el que tenía enemistad

  • La sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) ha reducido de 4 años y medio a 2 la pena de prisión para un hombre, agente de Policía Local de Mislata (València), que falseó cuatro multas a un hombre con el que tenía enemistad. Para fijar esta rebaja se aprecia en el condenado la circunstancia atenuante de confesión de los hechos.
TS reduce por confesión la prisión para un policía de Mislata que falseó multas a un hombre con el que tenía enemistad
TS reduce por confesión la prisión para un policía de Mislata que falseó multas a un hombre con el que tenía enemistad
EUROPA PRESS
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El condenado se sirvió de su condición de agente de Policía Local para, en los meses de septiembre y noviembre de 2013, confeccionar cuatro boletines de denuncia inauténticos respecto del vehículo propiedad de un hombre con el que estaba enemistado. En concreto, le multó falsamente por no respetar la indicación de una marca vial --dos veces--; por circular sin utilizar el cinturón de seguridad; y por conducir mientras usaba el teléfono o cualquier otro dispositivo con la obligatoria atención permanente a la conducción.

Así consta en la sentencia, en la que el Alto Tribunal rebaja la condena del policía hasta los dos años de prisión, la inhabilitación para ejercer como policía local pasa de 5 años a 11 meses, y la multa económica de 3.600 euros a 480. En materia de responsabilidad civil, se mantiene lo establecido por la Audiencia de València y el policía tendrá que indemnizar con 2.000 euros por daños morales al hombre al que denunció falsamente.

Este policía ha sido condenado como autor de un delito continuado de falsedad en documento oficial, con la atenuante de reparación del daño --que ya aplicó la Audiencia-- y la de confesión que ahora aprecia el Supremo.

En este procedimiento también fueron condenados otros dos agentes que firmaron los boletines falsos de denuncia, y el TS les mantiene multas económicas por delito de falsedad imprudente, se les inhabilita durante 6 y 9 meses respectivamente, y tendrán que pagar 500 euros cada uno a la víctima.

Para el principal condenado, el motivo de la rebaja de la condena respecto a la impuesta en primera instancia es que el Supremo aplica al agente la atenuante de confesión, ya que en el juicio se autocalificó como "único culpable" y admitió haber redactado los cuatro boletines con las falsas denuncias, así como las respuestas a las alegaciones de la víctima.

El Supremo subraya, sobre la confesión del agente, que la propia Audiencia proclamó que la exigencia probatoria en el juicio oral fue bien "escasa" por la paladina y llana admisión de los hechos por el acusado, "que en nada discrepó de la imputación efectuada por la acusación pública". Añade que el hecho de que un informe pericial reforzase la acusación no banaliza la confesión.

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