TSJCyL basa en la presunción de inocencia la absolución de la mujer condenada por el tiroteo de 'Las Vegas'

  • La sentencia ratifica en cambio las penas impuestas a los autores materiales del doble crimen
EUROPA PRESS

La vulneración del derecho a la presunción de inocencia es la justificación dada por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Burgos, para absolver a María Vicenta P.P, la mujer que, junto con su esposo y otro individuo, fue condenada el pasado mes de enero por la Audiencia de Valladolid por el doble crimen registrado en el club 'Las Vegas' de Medina del Campo el día 5 de octubre de 2015.

Si ya el pasado día 25 de mayo el TSJCyL, a través de un auto, anunciaba un fallo absolutorio y ordenada la inmediata excarcelación de la recurrente, lo que se produjo ese mismo día, hoy el Alto Tribunal castellanoleonés ha dado a conocer la sentencia del caso en virtud de la cual estima el recurso de apelación de María Vicenta P.P. al entender, como así alegó su abogado defensor, "que se declaró probado, sin base razonable, que ésta permaneció esperando a los autores en el vehículo, en actitud vigilante, circunstancia ésta fundamental que el jurado, apartándose en este solo punto de la unanimidad, deduce de la situación del hotel".

Sin embargo, el TJSJCyL advierte de que María Vicenta pudo estar allí "esperando simplemente y sin más a que salieran", algo que también puede deducirse de la declaración de un agente de policía que no la sorprendió en dicha actitud, sino que dijo que desde algunas zonas del aparcamiento del hotel podía verse el edificio del club y desde otras no.

Por ello, la sentencia añade que no ha quedado probado que la espera tuviera por finalidad "lo que en expresión delincuencial, pero tan sumamente gráfica que ha sido admitida por admitida la Real Academia Española, se denomina dar el queo, es decir, avisar de inmediato a los ejecutores de cualquier peligro o incidencia, siendo lo cierto que Vicenta ni siquiera se hallaba probadamente al volante de un coche que no había conducido ella hasta el momento, ni tenía otro medio de cumplir con su supuesta función que llamarles por teléfono o hacer

sonar, quizá, la bocina a considerable distancia, disposición que no cabe presumir, dadas las circunstancias, sin afectar a la presunción prevalente que se invoca".

Sentadas tales consideraciones, el tribunal absuelve a la citada mujer, no así a sus dos compañeros de banquillo cuyas penas ha ratificada en su totalidad.

María Vicenta P.P. había sido condenada el pasado mes de enero a 15 años de cárcel por la Audiencia de Valladolid por su presunta implicación en los hechos por los que su esposo, Manuel M.M, apodado el 'Gitano', y Antonio Adrián B.R, 'Malaguita', fueron condenados a penas de 37 años por el doble asesinato registrado el día 5 de octubre de 2015 en el citado club de alterne, donde encontraron la muerte el dueño y una camarera.

El veredicto del jurado popular halló a su marido y a Antonio Adrián B.R. autores de sendos delitos de asesinato y uno de tenencia ilícita de armas, así como a la primera, en calidad de cómplice, del primero de ambos delitos y a un cuarto procesado, el joven Pablo A.L, responsable de encubrimiento y merecedor de una condena de seis meses de privación de libertad.

En el caso de la condena del 'Gitano' y el 'Malaguita', la magistrada impuso a ambos 18 años de cárcel por cada asesinato --la pena mínima contemplada era de 15 por cada uno--, frente a los 20 que habían solicitado las acusaciones particulares, así como un año de prisión por tenencia ilícita de armas.

La esposa del primero de ellos, para quien los acusadores habían solicitado 22 años y cuatro meses por complicidad en el doble asesinato, fue condenada a 7 años y medio por cada crimen, mientras que en el caso de Pablo A.L. su encubrimiento fue penado con los seis meses que interesaban el fiscal y las dos acusaciones particulares personadas en la causa.

En concepto de responsabilidad civil, los tres primeros fueron condenados a indemnizar a cada una de las tres hijas del hostelero fallecido con 90.000 euros y con otros 50.000 a su viuda, así como con otros 90.000 a cada uno de los dos hijos de la camarera rumana que encontró la muerte dentro del club y con 10.000 más a la madre de la joven.

UNA DEUDA POR DROGAS

Una deuda de drogas, concretamente de 700 euros, ya que el titular del negocio había comprado a 'Manolo' 50 gramos de cocaína y sólo había pagado la mitad, parece estar en el origen del doble crimen registrado la tarde del día 5 de octubre en el burdel 'Las Vegas' de Medina del Campo.

Al club acudieron ese día el citado Manuel y Antonio Adrián armados con un revólver que uno de los dos--a lo largo del juicio no se ha llegado a acreditar quién apretó el gatillo--utilizó para acabar con la vida del propietario del local, Mariano Esteban G, y de la camarera rumana, Laura M.A, cuya muerte fue un 'daño colateral' al encontrarse en el momento y lugar inadecuados.

El primero recibió un inicial disparo en la espalda y, ya en el suelo, fue ejecutado con otro que impactó en su cabeza, mientras que la empleada no tuvo mejor fortuna y su cadáver quedó igualmente tendido a pocos metros tras ser tiroteada en un hombro y con un segundo proyectil en plena frente.

El jurado, en su veredicto, consideró probado que Manuel, vecino de Arévalo (Ávila), viajó ese día a Madrid para recoger a Antonio Adrián con quien se desplazó hasta Medina del Campo, no sin antes hacer escala en Leganés para comprar el arma homicida.

Ya en dicha localidad vallisoletana, ambos entraron en el club para ajustar cuentas al hostelero, también vecino de Arévalo, mientras la por aquel entonces pareja sentimental de 'Manolo' --se casaron a posteriori en prisión--aguardaba en la calle dentro del turismo en el que luego los tres se dieron a la fuga tras consumar el doble asesinato.

Otras tres trabajadoras del club que se hallaban en el lugar de los hechos lograron salvar sus vidas al huir despavoridas por la puerta trasera y llegar a un descampado.

A lo largo del juicio, tan sólo Pablo A.L. reconoció haber colaborado con los otros tres procesados a la hora de deshacerse del arma, si bien el resto se declaró inocente: Manuel y Antonio Adrián se acusaron mutuamente del doble crimen y la esposa del primero mantuvo que ni acudió a Madrid a recoger al 'Malaguita' ni tampoco aguardó en el coche mientras los dos varones sembraban la muerte en 'Las Vegas'.

Mostrar comentarios