El TJUE reduce a tres millones la sanción para España por el retraso en la estiba

  • La multa se ha rebajado de forma considerable, ya que la Comisión Europea solicitaba una sanción de 24 millones de euros. El Tribunal estima que el incumplimiento ha sido "grave".

    Fomento muestra su satisfacción por la rebaja, pero asegura que "si el primer decreto se hubiera aprobado en marzo no hubiera habido multa alguna".

    Te interesa leer: La huelga de estibadores benefició a unos puertos frente a otros. 

El TJUE reduce a tres millones la sanción para España por el retraso en la estiba
El TJUE reduce a tres millones la sanción para España por el retraso en la estiba
P.Z. / I.E.

La Unión Europea ha sido benevolente con España y la sanción que tendrá que afrontar nuestro país por sus incumplimientos en la liberalización de la estiba será de apenas tres millones de euros. Una sanción, en fin, más simbólica que otra cosa. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) resalta la "buena fe" de España y que finalmente llevara a cabo la reforma pero que quiere dejar patente que  "el incumplimiento que se le imputa persistió durante un período de tiempo significativo", en concreto, "29 meses". Sanción simbólica, en resumen, pero que subraya que los incumplimientos tienen sus consecuencias.

Así, el TJUE ha impuesto una multa de tres millones de euros a España por la reforma tardía de la estiba, tras aprobarla con tres años de retraso respecto a la sentencia de 2014 que obligaba a liberalizar el sector. El monto queda lejos de los 24 millones a los que se enfrentaba España.

El incumplimiento se considera “grave”, “puesto que afecta a la libertad de establecimiento, que constituye uno de los principios fundamentales del mercado interior”, recoge la sentencia. La obligación de que las empresas de la estiba tuvieran que formar parte de las Sagep –Sociedad Anónima de Gestión de Estibadores Portuarios– y contratar a sus empleados iba contra esa libertad de establecimiento.El Ministerio de Fomento "satisfecho" por la rebaja

Tras haber sido notificada esta sentencia, el Ministerio de Fomento valora que el tribunal europeo haya reconocido que el Gobierno de España ha actuado de buena fe y con la máxima colaboración con la Comisión Europea (CE) para poner fin de forma definitiva a esta situación. "Con la entrada en vigor de la reforma, España ha logrado un sector de la estiba liberalizado, manteniendo el empleo y cumpliendo con su obligación como país", se explica desde el departamento que dirige Íñigo de la Serna.

El Gobierno, continúa la nota, "se muestra satisfecho por la significativa reducción de la multa, aunque lamenta la falta de voluntad y de responsabilidad de los partidos políticos que no apoyaron la primera reforma de la estiba que el Gobierno llevó a convalidación el 16 de marzo al Congreso de los Diputados y que hubiese anulado el pago de cualquier multa".Si se hubiera aprobado en marzo, "sin multa"

Y es que, se dice desde Fomento, "España tenía una notificación de la Comisión Europea (CE) en la que subrayaba que, de aprobarse la reforma propuesta, nuestro país no tendría que abonar la multa devengada hasta la fecha. Sin embargo, el Gobierno se vio obligado a presentar una segunda reforma de la estiba que pudo ser convalidada finalmente en la Cámara Baja el 18 de mayo".

El Ministerio explica que, "como se apuntó desde un primer momento, el Real Decreto Ley de reforma del sector facilitaba la negociación entre las partes, ya que dotaba a las mismas de las herramientas y ayudas necesarias para alcanzar el acuerdo". Así, considera, "el acuerdo logrado entre patronal y sindicatos de la estiba en un tiempo récord, junto al mantenimiento de los puestos de trabajo, ha desacreditado a aquellos grupos parlamentarios que se opusieron en el Congreso de los Diputados a la convalidación del Real Decreto Ley, alegando que se iban a producir despidos masivos y que no permitía el acuerdo".

[Te interesa leer: Estibadores y patronal alcanzan un acuerdo que pone fin a un conflicto de cuatro meses

La reforma pues fue finalmente aprobada el pasado mayo para cumplir con la normativa comunitaria, después de que el TUE fallara ya en 2014 que la legislación española para el sector contravenía las reglas europeas. Una reforma que provocó jornadas de paro y disputas entre estibadores y empresas en los puertos españoles. Las huelgas tuvieron un impacto superior a los 100 millones de euros, según cifras de Fomento, y desviaron tráfico a puertos del extranjero.

La sentencia de este jueves responde a un recurso presentado por la Comisión Europea contra España por no cumplir con aquella primera sentencia y en el que Bruselas propuso una multa a España de 27.522 euros diarios hasta el momento en que se aprobara la reforma.

Además, Bruselas pidió una segunda sanción de 134.122 euros diarios por cada día de retraso desde que el TUE hiciese pública su segunda sentencia, una multa que España ha evitado gracias a la aprobación de la reforma en mayo."Buena fe" 

Aunque España "ha demostrado su buena fe" al cooperar con la Comisión Europea en el procedimiento administrativo. Fuentes del Ministerio español de Fomento precisaron a Efe que se trata de "una rebaja de 21 millones" respecto a los 24 millones de euros que se supone que España debería de haber pagado a razón de 27.522 euros diarios de aquella primera sentencia de diciembre de 2014.

Además, España se libra de una segunda sentencia, 134.107,2 euros diarios, a la que se enfrentaba por persistir en el no incumplimiento del primer dictamen.La primera sentencia, en 2014 

La primera sentencia en contra de España se produjo en 2014, cuando el TUE declaró ilegales las obligaciones que se imponían a las empresas de otros Estados miembro que querían operar en los puertos españoles de interés general, por ejemplo imponiendo la contratación prioritaria de trabajadores.

Se dio entonces a España hasta septiembre de 2015 para renovar la estiba y ajustarse a los requisitos de libertad de establecimiento que rigen el mercado interior, pero la reforma no entró en vigor hasta el pasado mes de mayo.

La sentencia de hoy responde a un recurso presentado por la Comisión Europea contra España por no cumplir con aquella primera sentencia y en el que Bruselas propuso una multa a España de 27.522 euros hasta el momento en que se aprobara la reforma.

Además, Bruselas pidió una segunda sanción de 134.122 euros diarios por cada día de retraso desde que el TUE hiciese pública su segunda sentencia, una multa que España ha evitado gracias a la aprobación de la reforma en mayo.

Mostrar comentarios