Pontevedra, 7 nov.- La Audiencia Provincial de Pontevedra ha absuelto a Luis Falcón Pérez, alias "Falconetti", quien pasó seis años en prisión por narcotráfico en la década de los noventa, y a su esposa del delito de blanqueo de capitales procedentes de la droga.
El juez considera que las contradicciones entre los informes periciales de la acusación y la defensa sobre la contabilidad de las sociedades inmobiliarias de los acusados entre los años ochenta y los noventa impiden probar completamente que Falcón hubiese blanqueado dinero en su actividad como constructor, y señala que pudo haber obtenido importantes ganancias de esta actividad legal.
La sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, alude a la existencia de "una duda razonable" que impide al tribunal decantarse por la "controvertida prueba de cargo".
Por consiguiente, estima que, a falta de otra prueba, debe acogerse al principio "in dubio pro reo" (en la duda, a favor del preso), "sin dejar en el olvido los ingresos de las actividades comerciales e industriales de los inculpados".
Durante la vista, los peritos de la defensa cuestionaron el criterio contable de la experta de la fiscalía, y los magistrados dieron valor al "razonado" informe de un experto del Colegio de Economistas y al testimonio de un arquitecto, exedil de Urbanismo de Vilagarcía.
Ambos coincidieron en que el informe de la perito oficial contaba como gastos inversiones que no lo eran, algo a lo que ésta había replicado que su informe no era de naturaleza contable y que se había limitado a comprobar que los créditos y pagos en su actividad inmobiliaria no eran posibles "salvo flujo de dinero externo".
También el juez descarta considerar como prueba la condena previa por narcotráfico de Falcón -por introducir 1,2 toneladas de hachís- antes de 1988, fecha de la operación en la que fue detenido.
Con esta decisión, el septuagenario de O Salnés y su esposa no tendrán que pasar por la cárcel ni abonar los 13,5 millones de euros -4,5 millones de multa a cada uno y otro tanto en bienes decomisados- que el fiscal solicitaba.
La sentencia también "rechaza moralmente" la "inexplicable tardanza" en la instrucción de más de trece años.
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