(ampliación) el juez pedraz cierra el 'caso couso' y propone su archivo, obligado por la reforma de la justicia universal


El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha concluido la investigación del 'caso Couso' y eleva la causa a la Sala para su archivo, puesto que la nueva legislación sobre justicia universal impide la persecución de este tipo de delitos. El cámara de Tele 5 José Couso murió el 8 de abril de 2003 como consecuencia de un disparo de carro de las fuerzas estadounidenses durante la toma de Bagdag (Iraq). Por estos hechos estaban procesados tres militares del Ejército de los Estados Unidos como autores de delitos contra personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado, en concurso con un delito de homicidio.
Pedraz explica en su auto que tras la reforma de la ley de jurisdicción universal y, sobre todo, después de la sentencia del Tribunal Supremo sobre el 'caso Tíbet', no hay margen para continuar la investigación.
El magistrado destaca que esa sentencia ha sido dictada por el Pleno de la Sala de lo Penal del Supremo y por "todos los magistrados que componen dicha Sala, sin que además concurra voto particular alguno, y además, en la fundamentación jurídica se dice, y se reitera, que la misma es extensible a procedimientos con similar fundamento". Es una doctrina que, como argumenta Pedraz, tiene verdadera fuerza vinculante para los jueces y tribunales inferiores.
En su auto, el juez lamenta que los procesados no podrán ser buscados ni investigados ni en España ni en otros países, puesto que la nueva norma de justicia universal española impide la persecución de cualquier crimen de guerra cometido contra un español salvo en el difícil supuesto de que los presuntos criminales se haya refugiado en España.
Para buscar o hacer comparecer ante los tribunales a estas personas sería necesario una orden de búsqueda emitida en el marco de un procedimiento que ya no va a existir, porque el nuevo apartado 4 del artículo 23 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) impide su incoación.
Constatada la falta de competencia de la jurisdicción española, no se puede mantener la orden de busca y captura nacional ni internacional de estos tres militares procesados. Con ello, señala Pedraz, "el flexo no podrá mantenerse encendido" y los procesados "podrán desplazarse a otros países que hayan suscrito la Convención, e incluso a España, con la seguridad de que no van a ser buscados, puesto que en los archivos policiales o de otra índole no va a constar tal búsqueda".
A su juicio, pese a haber "suficientes indicios racionales de que los procesados serían autores de los delitos señalados", no se puede continuar la investigación porque la búsqueda de los presuntos autores sólo se podría llevar a efecto dentro de las fronteras españolas.
"La nueva norma dictada por el legislador español impide la persecución de cualquier crimen de guerra cometido contra un español, salvo en el difícil supuesto de que los presuntos criminales se hayan refugiado en España", dice Pedraz, que también explica que "ante un crimen de tal tipo cometido contra periodistas o personas consideradas población civil, ni aun los familiares de víctimas o el Ministerio Fiscal podrán instar la apertura de diligencias en España para al menos identificar a las víctimas, solicitar la autopsia u otras diligencias urgentes o investigar cómo acontecieron los hechos".
Por eso, y ante la falta de competencia de la jurisdicción española, "no se puede mantener ni ordenar una búsqueda nacional o internacional" y ni siquiera "existe un instrumento de cooperación jurídica internacional para hacer saber a otros Estados de la existencia de esos indicios de criminalidad".
Pese a que "existen múltiples esfuerzos y recomendaciones a nivel mundial para perseguir y sancionar este tipo de delitos", de acuerdo con la nueva normativa española "el delito quedaría impune".
Pedraz indica que aunque la decisión del legislador "sea discutible" y pueda provocar debates en torno a la impunidad de estos delitos, "no corresponde a los jueces suplir al legislador", por lo que en este caso y en otros será necesario concluir los sumarios.

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