Competencia abre un expediente a 53 empresas del sector constructor

  • Madrid.- La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha abierto un expediente sancionador contra 53 empresas del sector de la construcción por posibles prácticas anticompetitivas, entre ellas, a los grupos OHL y Eiffage.

Competencia abre un expediente a 53 empresas del sector constructor
Competencia abre un expediente a 53 empresas del sector constructor

Madrid.- La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha abierto un expediente sancionador contra 53 empresas del sector de la construcción por posibles prácticas anticompetitivas, entre ellas, a los grupos OHL y Eiffage.

En un comunicado, la CNC dice que tiene indicios racionales de la existencia de conductas prohibidas por la Ley por parte de estas 53 empresas, consistentes en acuerdos de reparto de licitaciones y fijación de precios en concursos públicos de ámbito nacional para la rehabilitación y pavimentación de carreteras.

El pasado 18 de febrero, la Dirección de Investigación de Competencia decidió abrir un expediente a dichas empresas, como consecuencia de una información reservada que obtuvo tras una denuncia.

De esta forma, el pasado 15 de octubre Competencia realizó inspecciones a las sedes de nueve empresas del sector, que ha dado como resultado la apertura de este expediente sancionador, por infringir el artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia.

Éstas fueron Grupo Campezo Obras y Servicios, Oscal Obras y Servicios, Tebycón, Compañía General de Hormigones y Asfaltos (Gehorsa), Excavaciones Saiz, Extraco Construcciones e Proxectos, Misturas Obras y Proxectos, Construcción Integral de Firmes CPA y Pavimentos Asfálticos de Castilla (Padecasa).

Con la apertura del expediente, que no prejuzga su resolución final, se abre un plazo de 18 meses para la instrucción del expediente y para su resolución por el Consejo Nacional de la Competencia.

Cuando la CNC comenzó esta investigación ya informó de que, de confirmarse, sería considerada como una infracción "muy grave" y podría suponer una multa de hasta el 10 por ciento del volumen de negocios total de las empresas infractoras obtenido en el ejercicio inmediatamente anterior al de imposición de la sanción.

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