Condenado a 2 años un tendero de Balaguer (Lleida)por tocamientos a una menor

  • El propietario de una tienda de comestibles de Balaguer (Lleida) ha sido condenado a dos años de prisión como autor de un delito de abusos sexuales a una niña de 12 años, a la que realizó tocamientos cuando acudió a su tienda a comprar.

Lleida, 4 jun.- El propietario de una tienda de comestibles de Balaguer (Lleida) ha sido condenado a dos años de prisión como autor de un delito de abusos sexuales a una niña de 12 años, a la que realizó tocamientos cuando acudió a su tienda a comprar.

Según señala la sentencia emitida por la Audiencia Provincial de Lleida, aunque sólo existe como prueba contra el acusado la declaración de la niña, ésta ha sido suficiente para desvirtuar su presunción de inocencia, ya que su acusación ha sido "coherente, persistente e invariable".

Los hechos por los que se ha condenado a B. Alaoui, de 55 años, de nacionalidad marroquí y vecino de Balaguer, sucedieron el 16 de julio de 2011, cuando la menor acudió a comprar a su tienda.

La niña acudió, cumpliendo un recado de su madre, cuando la tienda estaba cerrada al público pero tenía la puerta entreabierta.

Tras realizar la compra, el condenado le ofreció a la niña una chuchería, que esta aceptó, e inició una conversación con ella, incidiendo en si iba a las piscinas y diciéndole que estaba muy morena.

Para comprobar si estaba bronceada, el acusado le levantó la camiseta por un costado. Además, se ofreció a acompañarla a la piscina, ofrecimiento que la niña rehusó.

Entonces, según relata la sentencia como hecho probado, cuando la menor estaba a punto de irse, el condenado la abrazó por detrás con ánimo libidinoso y le tocó los pechos.

La menor consiguió zafarse y salir a la calle, donde el acusado la siguió y le pidió que no dijera nada a nadie de lo ocurrido, cosa a la que la menor se negó.

Al llegar a casa, la niña le explicó lo sucedido a su madre, que primero acudió a la tienda para recriminarle al acusado su comportamiento y después fue a la comisaría de los Mossos a presentar una denuncia.

Durante el juicio, el acusado negó los hechos y solicitó su libre absolución, asegurando que la denuncia respondía a un acto de venganza de la madre de la menor, a la que supuestamente habría recriminado recientemente que no le pagaba una cuenta de la tienda que le debía.

Sin embargo, el tribunal considera que este supuesto móvil de venganza de la madre no es un motivo suficiente para que la menor realizase una acusación como esa.

Tampoco dan credibilidad a la declaración de la mujer del condenado exculpando a su marido, al considerar que no es objetiva precisamente por ser su esposa.

En cambio, los miembros de la Audiencia sí creen totalmente las palabras de la menor, por haber dado una declaración "coherente, franca, serena, detallada, convincente y persistente en el tiempo, sin impostaciones ni exageraciones".

El tribunal considera además que los hechos son constitutivos de un delito de abusos sexuales y no de una falta, ya que no se trató de un simple contacto superficial y obsceno, sino que fue un "ataque a la libertad sexual de un sujeto pasivo, con un ánimo lúbrico inequívoco, realizado por un adulto sobre una menor aprovechándose de la intimidad de su establecimiento".

Por todo ello, la Audiencia condena a B. Alaoui a dos años de prisión y a no comunicarse con la menor durante 5 años.

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