Condenan al juez Urquía a dos años por pedir dinero por un auto de libertad

  • Granada.- El juez Francisco Javier de Urquía ha sido condenado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) a dos años de prisión por un delito de cohecho al pedir dinero a través de un amigo a uno de los imputados en la 'Operación Hidalgo' para dictar posteriormente su auto de libertad provisional.

Condenan al juez Urquía a dos años por pedir dinero por un auto de libertad
Condenan al juez Urquía a dos años por pedir dinero por un auto de libertad

Granada.- El juez Francisco Javier de Urquía ha sido condenado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) a dos años de prisión por un delito de cohecho al pedir dinero a través de un amigo a uno de los imputados en la 'Operación Hidalgo' para dictar posteriormente su auto de libertad provisional.

La sentencia del tribunal andaluz, a la que hoy ha tenido acceso Efe, le condena también al pago de una multa de 60.000 euros por este mismo delito y a 18 meses de multa a razón de cuota diaria de cien euros por un delito continuado de prevaricación referente al dictado de los autos de libertad provisional de tres imputados en la 'Operación Hidalgo' que él instruía, en la que se investigaba un presunto delito de blanqueo de capitales a gran escala.

Asimismo se condena al que fuera titular del Juzgado de Instrucción 2 de Marbella a un total a 17 años de inhabilitación especial para empleo o cargo de juez o magistrado, diez por el delito continuado de prevaricación y siete por el de cohecho.

El tribunal considera probado que Urquía se puso de acuerdo con su amigo A.F.A., también condenado en esta causa, para pedirle dinero a uno de los imputados en la Operación Hidalgo, de iniciales, A.K., a cambio de decretar los autos de libertad provisional para él, su mujer y su sobrino.

Estos autos de libertad se dictaron sin haber hecho ninguna comprobación con la Audiencia Nacional de que los hechos imputados eran los mismos que otra causa que se seguía en Bélgica, algo en lo que Urquía basaba esta resolución, y sin argumentar la libertad por la existencia de arraigo y la ausencia de riesgo de fuga, entre otros puntos, por lo que considera que son hechos constitutivos de un delito de prevaricación continuada.

Además, el tribunal entiende que se incurrió también en un delito de cohecho porque Urquía concretó con su amigo A.F.A. la cantidad de dinero -60.000 euros- que debía entregar A.K. para dictar los tres autos de libertad provisional.

Un sobrino de A.K. entregó a A.F.A. la cantidad de dinero y, una vez realizado el pago Urquía, "cumpliendo con lo prometido", dictó los autos de libertad provisional con fianza de estas tres personas.

En la sentencia se destaca que dicho ofrecimiento "hubo de concretarse necesariamente" entre Urquía y A.F.A. porque el juez era el único que podía tener "acceso y capacidad" para cumplir con lo que se ofreció a A.K., "como luego queda confirmado con el dictado de las resoluciones de libertad prevaricadoras".

Por otra parte, se le absuelve de un delito de prevaricación por la adopción de medidas consistentes en la prohibición a las empresas de D.S. -que denunció la trama- de disponer de bienes inmuebles y vehículos y el bloqueo de los productos financieros y bienes.

Urquía también ha sido absuelto de un delito de prevaricación relativo al nombramiento del administrador judicial y de la fijación de su retribución, de otro delito de cohecho por las gestiones realizadas por dos amigos suyo con D.S. para que pagara a cambio de liberar sus empresas y de un delito de revelación de secretos.

Por su parte, se condena también a A.F.A. por un delito de cohecho a dos años de prisión y multa de 60.000 euros por hacer de intermediario en la entrega de dinero para conseguir la libertad de A.K., a quien también se le condena por cohecho a un año de prisión y multa de 50.000 euros.

El tribunal absuelve de un delito de cohecho a A.F.A. y a otro amigo del juez, I.M.L., por las cuestiones realizadas con D.S. para que se liberaran sus empresas, y también absuelve al Estado de la petición de responsable civil que se reclamaba.

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