Dos años de prisión para una educadora infantil por maltratar a dos bebés en Barcelona

    • El Juzgado Penal 1 de Manresa ha condenado a dos años de prisión a una técnica de educación infantil del centro educativo Anunciata de Gironella por dos delitos contra la integridad moral.
    • Los maltratos se descubrieron gracias a otra maestra que presenció el trato que daba la condenada a los alumnos, de solamente un año, y lo trasladó a la dirección, que colocó una cámara en un aula.
A juicio este martes en Córdoba un acusado de abuso sexual a un menor de nueve años
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El Juzgado Penal 1 de Manresa (Barcelona) ha condenado a dos años de prisión a una técnica de educación infantil del centro educativo Anunciata de Gironella por dos delitos contra la integridad moral contra dos bebés de un año que estaban a su cargo, con el agravante de abuso de superioridad.

Según la sentencia, recogida por Europa Press, en una ocasión, el 14 de noviembre de 2011, la acusada Esther S.B. tiró al suelo de forma violenta a uno de los menores, le colocó en posición boca arriba y le inmovilizó brazos y piernas obligándole a tragar comida.

En la otra, el 18 de noviembre de ese año, agarró a otro bebé, lo introdujo en un saco de dormir en posición inversa a la habitual, con la cabeza en el lugar de los pies, y lo inmovilizó en su interior.

El tribunal también condena a otra educadora, Montserrat G.C., a cinco meses y quince días de prisión como cómplice, ya que fue testigo de los hechos pero no hizo nada.

Los maltratos se descubrieron gracias a otra maestra que presenció el trato que daba la condenada a los alumnos de P1, de solamente un año, y lo trasladó a la dirección, que decidió colocar una cámara en el aula, que pudo captar los tratos vejatorios.

El juzgado también condena a la acusada Esther S.B a pagar a las familias de los menores y a ellos mismos un total de 45.000 euros respectivamente como indemnización.

Pese a que la defensa planteó que las grabaciones podían vulnerar el derecho a la intimidad de las acusadas y los menores, el juzgado considera que la cámara era visible y que eso supone "el conocimiento explícito y consentido tácitamente".

Además, el tribunal considera que, en este caso, al colisionar el derecho a la intimidad con el de la integridad física de los menores, "dicha colisión debe resolverse sin duda alguna en beneficio de la vida y la integridad física de los menores".

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