El Constitucional admite a trámite los recursos de PP, C's y PSC

    • No existen antecedentes de acuerdos parlamentarios suspendidos tras ser recurridos en amparo, pero el Tribunal ha admitido a trámite los mismos.
    • Hoy sólo se deliberará sobre la admisión a trámite o no del mismo y no sobre el fondo
Arrimadas, Iceta y Albiol recurren en el Constitucional la resolución independentista de Cataluña
Arrimadas, Iceta y Albiol recurren en el Constitucional la resolución independentista de Cataluña

El Pleno del tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite los recursos de amparo planteados por PP, C's y PSC contra la tramitación parlamentaria de la resolución independentista de Junts pel Sí y la CUP.


Fuentes del alto tribunal han señalado que no se acordará ninguna medida sobre el fondo.
La suspensión del debate como medida previa a la discusión del fondo del asunto tan solo ha sido planteada en los recursos de Ciudadanos (C'S) y del PP catalán, mientras que el PSC no la ha incluido al entender que el tribunal de garantías no la aceptará, tal y como manifestó ante las puertas del tribunal el propio líder de la formación, Miquel Iceta.

Diferencias con la doctrina del Plan Ibarretxe

En cuanto a los antecedentes jurídicos, éstos no existen, según las mismas fuentes. Éstas diferencian este caso del que llevó al TC, en abril de 2004, a rechazar los recursos presentados por el Gobierno contra los acuerdos del Gobierno Vasco que aprobaron el denominado "Plan Ibarretxe" y contra la decisión de la Mesa del Parlamento vasco que dio luz verde al inicio de la tramitación del proyecto.

En este caso se trataba de recurso de inconstitucionalidad, y además presentado por el Gobierno --lo que conlleva suspensión de ser admitido a trámite--, mientras que las iniciativas presentadas este miércoles son recursos de amparo firmados por grupos parlamentarios.

Siempre que se han pedido medidas cautelares en un recurso de amparo se ha hecho para tratar de dejar en suspenso ejecuciones de sentencias cuyo cumplimiento podría afectar gravemente a derechos fundamentales de las personas. Además, el Tribunal Constitucional sólo ha acordado este tipo de medidas de forma excepcional.

El TC, integrado actualmente por once magistrados tras el fallecimiento de Luis Ortega el pasado 15 de abril, tiene una clara mayoría conservadora al haber sido siete de sus magistrados --entre ellos su presidente Francisco Pérez de los Cobos-- designados con un claro apoyo del PP frente al resto de miembros, tres de los cuales --Adela Asúa, Juan Antonio Xiol y Fernando Valdés--, se incardinan en la denominada ala progresista. A todos ellos se suma Encarnación Roca, propuesta por el Parlamento catalán en 2012 con el visto bueno de CiU.

En su recurso, el PP alega que en este caso es aplicable artículo 56.6 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC) y por tanto puede acordarse la "suspensión inaudita parte" --es decir, antes de deliberar sobre cualquier otra consideración--, de los actos recurridos en el momento de admitirse a trámite su recurso de amparo, "por concurrir un supuesto de urgencia excepcional".

Según advierte el PP en su recurso, en el caso de no adoptarse la medida de "suspensión inaudita parte" y con carácter urgente, se perdería la finalidad del recurso de amparo "de forma evidente" ya que la deliberación y votación en el Pleno del Parlamento catalán de la propuesta de resolución se ha anunciado para el próximo día 9.

Muy al contrario, "ningún perjuicio se irroga al interés público por la suspensión, sino, en el presente caso, "el daño al interés público se produce por permitir el debate y la aprobación de la resolución", añaden.

Por su parte, C's solicita al TC que otorgue "de forma inmediata la medida cautelar de suspensión de los acuerdos recurridos contra los que se dirige este amparo, dada la extraordinaria gravedad que para la supervivencia del propio orden constitucional tiene los acuerdos impugnados".

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