El Constitucional italiano rechaza reducción provincias aprobada por Monti

  • El Tribunal Constitucional italiano declaró hoy inconstitucional la reforma aprobada por el anterior Ejecutivo del país, presidido por el tecnócrata Mario Monti, sobre la reorganización de las provincias y que preveía la reducción de su número con fusiones en función de la extensión y la población.

Roma, 3 jul.- El Tribunal Constitucional italiano declaró hoy inconstitucional la reforma aprobada por el anterior Ejecutivo del país, presidido por el tecnócrata Mario Monti, sobre la reorganización de las provincias y que preveía la reducción de su número con fusiones en función de la extensión y la población.

Los jueces del Constitucional han considerado que se trata de una materia que no debe ser regulada a través de un instrumento como el decreto ley, como hizo el Ejecutivo Monti, según precisaron en un comunicado.

El Constitucional señaló que el decreto ley es un recurso "destinado a afrontar casos de necesidad extraordinaria y de emergencia y es un instrumento normativo que no puede utilizarse para llevar a cabo una reforma orgánica y del sistema".

El Ejecutivo tecnócrata de Monti, llamado en noviembre de 2011 a gobernar Italia en un momento en el que el país se encontraba en el punto de mira de los mercados y cuya labor se centró en el saneamiento de las cuentas públicas, aprobó diferentes medidas en el ámbito de la reorganización de las provincias entre 2011 y 2012.

En concreto, el Constitucional evaluó los recursos presentados por las regiones italianas contra el decreto conocido como "Salva-Italia" aprobado en diciembre de 2011, con el que se modificaron los órganos de gobierno de las provincias y se redujo sus competencias.

El Tribunal también examinó el decreto aprobado en julio de 2012, que preveía reducir a la mitad el número de provincias, que era de 110, a través de la fusión de aquellas que no cumplieran determinados requisitos como los de tener una extensión de 2.500 kilómetros cuadrados o al menos 350.000 habitantes.

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