El constitucional no revisará la 'doctrina botín'


El Tribunal Constitucional no revisará la 'doctrina Botín', que sirvió al Supremo para archivar en 2007 la causa contra el presidente del Banco Santander por la causa por las cesiones de crédito de la entidad bancaria, después de que la acusación recurrente haya retirado sus alegaciones.

La Sala Primera del Tribunal Constitucional, encabezada por el presidente de la institución, Pascual Sala, han decidido archivar las actuaciones después de que la acusación popular ejercida por la Asociación para la Defensa de Inversores y Clientes, haya desistido de su recurso, según se recoge en un auto hecho público hoy. El Constitucional, por lo tanto, no ha entrado a valorar el fondo del caso jurídico.
Con la conocida como 'doctrina Botín', el Supremo estableció que un procedimiento no puede seguir adelante sólo con la acusación popular, cuando ni el fiscal ni el perjudicado directo ejercen ese derecho.
La Asociación para la Defensa de Inversores y Clientes recurrió al Constitucional el archivo de la causa contra Botín pero, en septiembre de 2012, decidió retirar el recurso después del fallecimiento de su impulsor, Rafael Pérez Escolar, consejero de Banesto en la época en la que lo presidía Mario Conde.
"La solicitud de desistimiento formulada por la asociación demandante en amparo aparece revestida de los requisitos legales necesarios", señala el Constitucional en su resolución antes de subrayar que ni Fiscalía ni la Abogacía del Estado ni los directivos del Banco Santander se han opuesto al archivo de las actuaciones.
Los magistrados del TC han concluido que con el archivo "tampoco cabe apreciar perjuicio de parte ni daño para el interés general o público". "Resulta procedente acceder a la voluntad de la parte recurrente de desistir de presente proceso de amparo con la consecuencia del archivo de las actuaciones", señala el auto.
A través de otra resolución, el Constitucional desestima el recurso interpuesto por el abogado José Luis Mazón, quien solicitó ser parte en el proceso.
BOTÍN CONTRA ATUTXA
Después de establecer en el 'caso Botín' que no basta la petición de la acusación popular para iniciar un juicio y sentar a los acusados en el banquillo, el Supremo corrigió en 2008 su propia doctrina al estudiar el caso del expresidente del Parlamento Vasco Juan María Atutxa. En la 'doctrina Atutxa', el Alto Tribunal estableció que sí basta con la acusación popular para llevar a juicio a personas acusadas de delitos en los que no puede existir un perjudicado directo, como es el caso del delito de prevaricación.
Esta doctrina permitió a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo juzgar y condenar a un año y medio de inhabilitación al expresidente del Parlamento vasco. Atutxa fue condenado en abril de 2008 por un delito de desobediencia por no haber disuelto el grupo parlamentario que Batasuna tenía en la Cámara de Vitoria en una causa en la que la Fiscalía no ejerció la acusación.

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