El Duero no compete solamente a Castilla y León

  • El Tribunal Constitucional ha dado la razón a Extremadura y ha declarado inconstitucional un artículo del estatuto de Castilla y León que establece su competencia exclusiva en materia de recursos y aprovechamientos hidráulicos de la cuenca del río. Ayer hizo lo mismo con respecto a Andalucía y el Guadalquivir.
Agencias

El Pleno del Tribunal Constitucional ha resuelto, por unanimidad,declarar inconstitucional y nulo el artículo 75.1 del Estatuto de Autonomía deCastilla y León en el que se plantea que la Comunidad Autónoma asumalas competencias de desarrollo legislativo y de ejecución en materia derecursos y aprovechamientos hidráulicos de la cuenca del río Duero.

El TC ha dado por tanto la razón a la Junta de Extremadura, que había interpuesto un recurso de inconstitucionalidad, en marzo de 2008, contra ese punto del estatuto castellanoleonés.

En esa ocasión, el Gobierno de Extremaduraargumentó que en el artículo se recoge como "competenciaexclusiva" la gestión de las aguas y la cuenca del río Duero, lo que podría afectar alos municipios cacereños de Robledillo de Gata y Descargamaría, ubicados en el límite con la provincia de Salamanca.

La cuenca hidrográfica del Duero discurre por siete comunidadesautónomas, aunque más de un 98 por ciento de su curso atraviesa Castilla y León.

El artículo en cuestión dice textualmente: "Dada la relevancia quela cuenca del Duero tiene como elemento configurador del territorio deCastilla y León, la Comunidad Autónoma asumirá competencias dedesarrollo legislativo y de ejecución en materia de recursos yaprovechamientos hidráulicos de las aguas de la cuenca del Duero quetengan su nacimiento en Castilla y León y deriven a Portugal sinatravesar ninguna otra comunidad autónoma".

Eldía que Extremadura presentó el recurso, el presidente GuillermoFernández Vara argumentó esta decisión en la necesidad de mantener la"coherencia" con respecto a las actuaciones emprendidas contra elEstatuto de Andalucía en relación a la Cuenca del Guadalquivir.

Justamente ayer el Tribunal Constitucional dio a conocer su veredicto sobre ese otro conflicto fluvial. El TC también le dio la razón a Extremadura en ese caso al anular la competencia exclusiva de la Junta de Andalucía sobre el Guadalquivir, que establecía el artículo 51 de su estatuto autonómico.

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