El magistrado Del Olmo lleva a los psiquiatras de un juicio en Murcia a Comité Deontológico

  • Murcia.- El magistrado Juan del Olmo, presidente del jurado que a lo largo de tres semanas juzgó en la Audiencia Provincial de Murcia a Mari Cruz A. y a su amante, Manuel S., por el asesinato del marido de la primera, ha puesto en conocimiento del Colegio de Médicos la actuación de dos psiquiatras que intervinieron en una prueba propuesta por la defensa de aquélla por si se extralimitaron en su función.

El magistrado Del Olmo lleva a los psiquiatras de un juicio en Murcia a Comité Deontológico
El magistrado Del Olmo lleva a los psiquiatras de un juicio en Murcia a Comité Deontológico

Murcia.- El magistrado Juan del Olmo, presidente del jurado que a lo largo de tres semanas juzgó en la Audiencia Provincial de Murcia a Mari Cruz A. y a su amante, Manuel S., por el asesinato del marido de la primera, ha puesto en conocimiento del Colegio de Médicos la actuación de dos psiquiatras que intervinieron en una prueba propuesta por la defensa de aquélla por si se extralimitaron en su función.

Esta decisión se contiene en la sentencia condenatoria por asesinato dictada contra los dos procesados y en la que se acuerda poner los hechos en conocimiento de la organización colegial "por si su Comisión Deontológica entiende justificado analizar el proceder pofesional de las doctoras S.G. y Ll.S."

De Olmo ha acordado deducir testimonio de la intervención de estas psiquiatras que emitieron un contrainforme del estudio presentado por otra psiquiatra y una psicóloga que analizaron la personalidad de Manuel S., condenado como autor material del crimen.

La resolución indica que el traslado de los hechos se hace por si se considera que aquellas dos profesionales se excedieron en su informe, que, según el encargo recibido de la autoridad judicial, debían limitarse a "emitir un informe del informe pericial sobre el estado de salud mental de Manuel S. que había realizado a propuesta de su defensa la doctora T.B.".

El magistrado afirma que durante la vista oral les pidió que aclarasen la razón por la que en sus conclusiones no aparecía mención alguna a dicho informe pericial de la doctora T.B. y, por el contrario, hacían un diagnóstico de que el procesado "está afecto de un trastorno orgánico de personalidad por lesión cerebral, además de verter otras consideraciones sobre las características de ese trastorno y valoraciones sobre el cociente intelectual".

Indica también el acuerdo que la doctora T.B. "puso de manifiesto que le resultaba incomprensible que las doctoras S.G. y Ll.S. hubieran realizado un diagnóstico del acusado atendiendo sólo al informe emitido por ella".

En el desarrollo de esta prueba pericial, en la que tomaron parte siete especialistas, entre ellos, dos médicos forenses, y que en algunos momentos fue tensa, la doctora T.B. llegó a comentar en referencia a la contrapericia de las otras dos psiquiatras: "es la primera vez que veo hacer un diagnóstico psiquiátrico sin ver al paciente".

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