El nuevo código penal castigará el uso de menores para cometer robos


El nuevo Código Penal, cuya reforma se está tramitando en el Congreso, castigará el uso de menores para cometer robos y hurtos, problema que afecta a sectores como el de la distribución comercial.
En este sentido, el ministro de Justicia, Rafael Catalá, ofreció hoy a las más de 25.000 empresas que engloba AEOC (Asociación de Empresas del Gran Consumo) el nuevo Código Penal para hacer frente a los delitos patrimoniales que sufre este sector. Entre las novedades, estará el castigo a aquellos que usen a menores para cometer delitos, como los robos y hurtos.
Catalá se refirió a este asunto durante la inauguración del XVII Seminario AEOC de Prevención de la Pérdida. En este encuentro, el ministro explicó las líneas principales del próximo Código Penal y dijo que ofrecerán una respuesta adecuada a los problemas que plantea la multirreincidencia y la criminalidad grave. Para ello se suprimirá la falta de hurto y se introducirá un supuesto agravado aplicable a la delincuencia profesional y organizada.
Según informó Justicia, Catalá destacó que los supuestos de menor gravedad, que anteriormente se sancionaban como falta, se regularán tras la reforma como delitos leves. Además, se excluirá la consideración de leves de todos aquellos delitos en los que concurra alguna circunstancia de agravación.
ROBOS QUE AFECTAN AL PATRIMONIO
Es decir, con la reforma los delincuentes profesionales que anteriormente eran condenados por meras faltas, podrán ser condenados como autores de un tipo agravado castigado con penas de uno a tres años de prisión que, en los casos más graves, podrían incrementarse hasta llegar a los cuatro años de prisión.
También se modificará el catálogo de agravantes específicas de los delitos patrimoniales, que pasarán a ser aplicables a los delitos de hurto y a todas las modalidades de robo.
Además, el ministro aludió a que se incluirán los supuestos de aprovechamiento de la situación de desamparo de la víctima (como sucede en las situaciones de catástrofe o calamidad pública); profesionalidad delictiva; utilización de menores de edad; porte de armas; y actuación conjunta de varios miembros de un grupo u organización dedicados a la comisión de estos delitos.
También se introducirá un tipo agravado en el delito de receptación, cuando se trate de bienes o efectos de especial protección o cuya sustracción dé lugar a un delito contra el patrimonio de mayor gravedad. Así se pretende desincentivar tanto la sustracción de dichos bienes como su venta o tráfico ilícito.
LLEVARSE EL BOTÍN POR LA FUERZA
El robo con fuerza pasará a incluir los supuestos en los que la fuerza se utiliza para abandonar el lugar con el botín. Y se incluirá un nuevo supuesto agravado determinado por el modo de comisión –como el empleo de butrones o alunizajes– o la gravedad de los daños causados.
El ministro también aludió a que la orientación de la reforma se basa en que se ha detectado que el 75% de los hurtos que se producen son de carácter profesional, sin que se haya observado un aumento significativo del llamado hurto famélico o causado por la extrema necesidad.
Catalá concluyó que el sector comercial considera positiva el carácter de la reforma y se ha comprometido a estudiar sus propuestas de cara a poder realizar modificaciones en el proyecto de ley en el trámite de enmiendas.

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