El Supremo admite a tramite la recusación que pide Garzón contra cinco magistrados

  • El alto tribunal va a estudiar si estos jueces están "contaminados" aunque rechaza que tengan interés directo en la causa contra Garzón por el caso de la memoria histórica como indicaba la defensa.
Europa Press

El Tribunal Supremo ha acordado admitir a trámite las recusaciones presentadas por el juez Baltasar Garzón contra cinco de los magistrados que componen el tribunal que debe juzgarle por investigar sin competencia los crímenes franquistas, una de las tres causas abiertas contra él.

El asunto deberá ser resuelto por la denominada Sala del 61, aunque sólo en lo relativo a la posible "contaminación" de los magistrados por haber participado en la instrucción, ya que se rechaza que tengan interés alguno en la causa.

Así se señala en el auto dado a conocer este jueves por el instructor de las recusaciones, el magistrado Julián Sánchez Melgar, que ha estimado parcialmente la petición de Garzón para no ser juzgado por Juan Saavedra Ruiz, Adolfo Prego, Joaquín Giménez García, Francisco Monterde y Juan Ramón Berdugo.

El magistrado suspendido de la Audiencia Nacional alegó que la intervención de todos ellos en varios momentos de la instrucción de la causa los inhabilita para juzgarle con la suficiente imparcialidad (según el artículo 219.11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial), y les acusó también de tener intereses espúreos (según artículo 219.10 de la misma ley). Esta segunda causa de recusación no ha sido admitida a trámite por el Supremo.

La Sala del 61 estudiará, concretamente, si hay que apartar a los magistrados recusados por participar en tres autos en los que se rechazó la pretensión de Garzón de que se diera carpetazo al caso. 

¿Contaminados?

Sólo uno de los recusados, Joaquín Giménez, ha admitido su "contaminación" en un escrito remitido al instructor de las recusaciones. El instructor no entra en el fondo de los motivos alegados por Baltasar Garzón y remite el asunto a la Sala del 61 tras recibir un informe de cada uno de los cinco magistrados recusados.

Prego, Monterde, Berdugo y Saavedra señalan en sus respectivos escritos que las alegaciones de Garzón no son ciertas, pues no albergan  "una idea preconcebida acerca de la culpabilidad" del juez de la Audiencia Nacional. Giménez, sin embargo, se muestra favorable a la admisión de la primera causa ("contaminación" por haber participado en la instrucción), aunque rechaza intereses espúreos.

Por esta razón, el magistrado instructor remite el asunto a la Sala del 61, que integran el presidente del Tribunal Supremo, Carlos Dívar; los presidentes de las Salas de lo Civil, Penal, Social, Militar y Contencioso-Administrativo del alto tribunal y los magistrados mas antiguo y más nuevo de cada una de ellas.

Todos ellos deberán estudiar la posible "contaminación" del tribunal por tres autos en concreto, dictados el 23 de marzo y los días 26 y 28 de julio del pasado año. En los dos primeros se rechazaron sendos recursos de Garzón instando que se archivara la causa, mientras que el último desestimó otro recurso contra la decisión del instructor Luciano Varela de pedir a las acusaciones que subsanaran determinados defectos formales en sus escritos de acusación contra el juez.

La resolución de Sánchez Melgar sintoniza con la postura de la Fiscalía, que en un escrito remitido a Sánchez Melgar mostró su apoyo el primero de los motivos ("contaminación") y destacó las "innegables similitudes" de este procedimiento con el 'caso Liaño'.

Así, la Fiscalía recordó que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) condenó a España a indemnizar al ex juez Javier Gómez de Liaño -que fue condenado por un delito de prevaricación- con 5.000 euros en concepto de "daños morales" debido a que los magistrados que le juzgaron habían intervenido anteriormente en numerosos actos de instrucción del caso. Ello supuso una violación del artículo 6.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

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