El Supremo archiva la denuncia del alcalde de San Sebastián contra Basagoiti

  • El Tribunal Supremo ha archivado la denuncia por calumnias que el alcalde de San Sebastián, Juan Karlos Izaguirre (Bildu), presentó contra el líder del PP vasco y parlamentario autonómico, Antonio Basagoiti, por unas acusaciones que vertió el político popular contra un asesor del regidor.

Madrid, 25 mar.- El Tribunal Supremo ha archivado la denuncia por calumnias que el alcalde de San Sebastián, Juan Karlos Izaguirre (Bildu), presentó contra el líder del PP vasco y parlamentario autonómico, Antonio Basagoiti, por unas acusaciones que vertió el político popular contra un asesor del regidor.

En un auto hecho público hoy la Sala de lo Penal señala que no hay delito y que, además, las palabras de Basagoiti quedan protegidas por el derecho a la libertad de expresión, más aún cuando se produjeron, dice la alta instancia, en el seno del debate político y después de conocerse un vídeo que mostraba al citado asesor gritando vivas a ETA.

Así, el Supremo rechaza abrir procedimiento contra Basagoiti por sus declaraciones producidas en un debate del programa "El Gato al agua", de la cadena Intereconomía, en julio de 2012, y que se referían a supuestas amenazas a empresarios vascos desde la Alcaldía de la capital vasca.

La denuncia señalaba que las declaraciones de Basagoiti fueron recogidas por "El Mundo" y "La Gaceta", además de ETB Noticias.

El Supremo se considera competente por ser el político popular parlamentario vasco y haberse cometido los hechos fuera de esta comunidad autónoma y después entra en el fondo del asunto, sobre el cual señala que las declaraciones se produjeron dentro de una tertulia política y sobre la conducta de un asesor del alcalde.

En el programa se aludía a esta persona, que dimitió tras haber sido grabada "increpando con las palabras '¡Viva ETA Militar!' a varios transeúntes que estaban celebrando la victoria de la selección española de fútbol en San Sebastián".

"Empresarios vascos me han contado que este señor les ha estado llamando con pseudoamenazas durante estos dos últimos años desde la Alcaldía de San Sebastián", advertencias que consistieron en expresiones como "tú no vuelves a trabajar en Guipúzoca como no hagas esto o aquello", dijo Basagoiti en el programa.

El alto tribunal argumenta para rechazar la denuncia que ésta no se interpuso por la persona afectada por las palabras del político y, además, que Basagoiti se refirió a lo que le habían dicho terceras personas.

Estas "pseudoamenazas" no se concretaban en las palabras de Basagoiti más allá de "esto o aquello" y, además, dice el Supremo, el político vasco apuntó a que se realizaron desde un lugar del Ayuntamiento de San Sebastián, pero en ningún momento dijo que se hubieran hecho en nombre del alcalde denunciante.

Así, el Supremo, de acuerdo con el dictamen del fiscal, considera que los hechos no son constitutivos del delito de calumnias, pues carecen de entidad suficiente como para encajar en el Código Penal.

Además, dice el auto, las palabras de Basagoiti "quedan justificadas" por el ejercicio de "la libertad de expresión", que tiene su "máximo alcance" cuando se desarrolla en el contexto del debate político.

"Más aún cuando" se pronunciaron dentro de una tertulia política en la que se había mostrado "el vídeo del asesor gritando a favor de ETA", añade el Supremo.

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