El supremo dice que llamar a juan lanzas y su mujer “mr. Perro y miss. Perra” no es injurioso


El Tribunal Supremo ha rechazado la demanda al honor planteada por los imputados en el caso de los ERE de Andalucía Juan Lanzas y su mujer, a los que en el diario La Razón se refirió en un artículo como 'Mr. Perro' y 'Miss. Perra'.
El recurso de ambos se dirigía contra Audiovisual Española 2000 S.A. y contra Andrés Muriel Cabello. La primera como editora del diario La Razón y el segundo como autor de un artículo publicado en el citado diario con el título “Mr. Perro y Miss. Perra”.
El Tribunal entiende que según la jurisprudencia en relación al “tratamiento humorístico o sarcástico de los acontecimientos que interesan a la sociedad”, pueden constituir “una forma de comunicación y crítica de los mismos que está ligada al ejercicio del derecho a la libertad de expresión, como forma de comunicación de ideas u opiniones” que pueden destacarse mediante “la ironía, el sarcasmo o la burla”.
En el caso, reconoce el TS, las expresiones utilizadas son “indudablemente molestas”, pero “no revisten carácter injurioso, insultante o desproporcionado”, ni trascendencia suficiente para “revertir el juicio de ponderación e invertir el carácter prevalente que la libertad de expresión ostenta”.
Entiende que las expresiones que resalta la demanda están “en relación directa con la imputación o relación de los demandantes con los procedimientos seguidos por la trama de los ERE falsos en Andalucía, tema de indudable interés público, que ha sido tratado por profesionales de la información de una forma jocosa o irónica, en ningún caso peyorativo por su equiparación a un perro o a una perra, como personas despreciables”.
El Supremo explica que hay que inscribir tales referencias en el “contexto en que se vierten las expresiones, referidas a la esfera del comportamiento profesional” de los dos aludidos, “como consecuencia de la imputación en un procedimiento penal y sin consideración alguna a su vida privada”.

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