El Tribunal de Estrasburgo tumba la 'doctrina Parot'

    • El fallo, que es definitivo y no puede ser objeto de recurso, pide la excarcelación de la etarra Inés del Río.
    • Del Río formó parte del histórico "comando Madrid" a mediados de los años 80.
Estrasburgo dicta hoy su sentencia sobre la "doctrina Parot"
Estrasburgo dicta hoy su sentencia sobre la "doctrina Parot"
lainformacion.com

La Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos anuló hoy la "doctrina Parot", al hacer pública la sentencia favorable a la presa etarra Inés del Río Prada, de quien exige su puesta en libertad.

El fallo, que es definitivo y no puede ser recurrido, pide -con 16 votos contra 1-, la excarcelación de la miembro de ETA, y dice -por unanimidad- que España vulneró el artículo 5.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (Derecho a la libertad y a la seguridad) y -por 15 votos contra 2- el artículo 7 (No hay pena sin ley).

El fallo sólo hace referencia a Inés del Río y no hay ninguna mención al resto de 76 presos cuyo encarcelamiento se ha prolongado por aplicación de la "doctrina Parot".

El mayor desacuerdo entre los jueces de la Gran Sala se ha centrado en la indemnización que España habrá de abonar a Del Río. La sentencia de la Sala la fijó en 30.000 euros por daños morales y 1.500 euros por gastos y honorarios. Diez magistrados la han apoyado hoy, pero siete no.

La Corte europea concluye que, desde que se le aplicara la "doctrina Parot" hace más de 5 años, la etarra "ha sido objeto de una privación de libertad irregular".

Por ello, y vista "la necesidad urgente de poner fin a las vulneraciones constatadas, el Tribunal estima que corresponde a las autoridades españolas garantizar la libertad para Del Río Prada a la mayor brevedad posible".

Según el fallo, la demandante "no podía prever" que se modificara la jurisprudencia con la "doctrina Parot", ni que "la Audiencia imputaría las redenciones de pena otorgadas a cada una de las penas impuestas por separado y no a la pena máxima de 30 años".

Esa doctrina se basa en una sentencia del Tribunal Supremo de febrero de 2006, por la que "la ejecución de la totalidad de la condena (...) comenzará con las penas más graves" y los beneficios penitenciarios se aplicarán individualmente para cada una de ellas, y no sobre el máximo legal de 30 años de permanencia en prisión.

La vista se celebró el pasado 20 de marzo, después de que España recurriera ante la Gran Sala tras haber sido condenada en julio del año pasado a excarcelar a Del Río en el plazo más breve posible y a indemnizarla con 30.000 euros por daños morales y 1.500 por gastos y honorarios.

Del Río formó parte del histórico "comando Madrid" a mediados de los años 80, liderado por José Ignacio de Juana Chaos y responsable, entre otros, del atentado con coche bomba en julio de 1986 en la madrileña plaza de la República Dominicana, en el que murieron 12 guardias civiles.

Fue condenada por 23 asesinatos a 3.000 años de cárcel, de los que 2.232 correspondían a esa acción, y pese a que su puesta en libertad debería haberse producido en julio de 2008, por haber obtenido los beneficios penitenciarios, la aplicación de la doctrina la pospuso a 2017.

Esa doctrina se basa en un dictamen del Tribunal Supremo de febrero de 2006 por el que la ejecución de la totalidad de la condena comienza con las penas más graves y los beneficios se aplican individualmente para cada una de ellas, y no sobre el máximo legal de 30 años de permanencia en prisión.

De este modo, una vez cumplida la pena más grave, se debe cumplir la siguiente, y así sucesivamente hasta el límite legal, lo que alarga la estancia en la cárcel.

En julio de 2012, después de que Del Río recurriera su caso ante el TEDH, este tribunal concluyó que su aplicación fue "irregular" y que las autoridades españolas debían ponerla en libertad lo antes posible.

La sentencia de hoy solo aborda este caso, pero sus conclusiones van a efectos prácticos más allá del mismo por la repercusión que puede llegar a tener en todos los presos a los que se les haya aplicado.

En la vista de marzo, los representantes del Gobierno español habían afirmado que el fin de esta doctrina conllevaría la puesta en libertad de 54 terroristas de ETA, siete del GRAPO, uno del GAL y 14 presos comunes, uno de ellos condenado por 74 violaciones.

En representación de España se prevé que acuda hoy el embajador ante el Consejo de Europa, Fernando Alvargonzález, y la expectación generada ha hecho que una veintena de medios de comunicación, la mayoría españoles, se hayan acreditado.

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