El ts corrige el error judicial que llevó a condenar dos veces a un hombre por el mismo delito


La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha corregido el error judicial cometido por los juzgados de Valencia y con el que se condenó a un hombre dos veces por el mismo delito, con lo que se abre así la vía para que el condenado puede reclamar una indemnización a la Administración de Justicia.

Los hechos se remontan al año 2010, cuando el ahora recurrente fue condenado por el Juzgado de lo Penal número 3 de Valencia por un delito de abandono del hogar. El hombre, que ya había sido condenado por no pagar la pensión de alimentos a su exmujer, fue sancionado en esta ocasión por abandonar el domicilio familiar entre octubre de 2007 y marzo de 2009.
El problema es que el Juzgado de lo Penal número 7 de Valencia le había condenado unos meses antes por los mismos hechos, es decir, por abandono de la familia durante el mismo periodo de tiempo.
El recurrente no alegó en el segundo juicio el principio de ‘cosa juzgada’ porque estuvo defendido en los dos procesos por distintos abogados, ambos designados por el turno de oficio.
“El penado tuvo constancia y conocimiento, con posterioridad a la última condena, que en realidad había sido condenado dos veces por los mismos hechos”, señala la sentencia del Supremo.
Los magistrados de la Sala de lo Penal del Supremo, presididos por Carlos Granados, han decidido ahora estimar el recurso especial de revisión interpuesto por el hombre y han anulado la segunda de las condenas.
El Alto Tribunal señala en la sentencia que se vulneró el principio fundamental de ‘non bis in idem’, que impide que una persona sea condenada dos veces por los mismos hechos.

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