Endesa y red eléctrica tendrán que indemnizar a los afectados por el apagón de barcelona


La Audiencia Provincial de Barcelona ha dictado sentencia por la que obliga a Fecsa-Endesa y a Red Eléctrica de España a indemnizar a todos los afectados por el apagón de Barcelona de 2007. La OCU, que presentó entonces una demanda judicial contra ambas entidades, califica esta sentencia como "un gran éxito judicial" que, según sus datos, obligará a desembolsar una cantidad de más de 40 millones de euros.
La OCU presentó en el mes de julio de 2007 la citada demanda por la interrupción del suministro eléctrico en la ciudad de Barcelona que afectó a más de 300.000 usuarios.
Con la demanda, la OCU pretendía que se estableciera la responsabilidad de los hechos y el resarcimiento a los afectados por los graves perjuicios padecidos a consecuencia del apagón.
La OCU entendía que se había producido un incumplimiento de la obligación contractual de Endesa de garantizar el suministro, por lo que cada usuario doméstico abona mensualmente una cantidad fija ("término de potencia"), y de la obligación legal de la propia Endesa y de REE en cuanto al mantenimiento de sus instalaciones.
La propia sentencia (que estima parcialmente la demanda de la OCU) reconoce que el apagón estuvo motivado por una "situación de deficiencia muy grave" del mantenimiento de la red. Del mismo modo, señala que las infraestructuras eléctricas de la red de transportes y distribución preexistentes antes del incidente no estaban diseñadas para permitir una rápida recuperación.
La sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona establece la responsabilidad solidaria de Red Eléctrica Española y Fecsa-Endesa en el "apagón", así como la obligación de Endesa de entregar a la OCU el listado de clientes afectados, con indicación de las cantidades ya abonadas.
La sentencia también establece un baremo de indemnizaciones: desde un mínimo de 122 euros (a usuarios que sufrieron un corte de suministro de hasta 11 horas) hasta un tope de 300 euros (para aquellos usuarios que vieron interrumpido su suministro eléctrico más de 36 horas) y la obligación de abonar, además, hasta el 10% de reducción de la facturación anual.
Incluye, asimismo, la posibilidad de abrir otros procedimientos por los daños que se puedan demostrar.
Además, la Audiencia Provincial desestima los recursos de apelación sostenidos por los demandados, esto es, por Endesa y REE.
Una vez que la sentencia sea firme, la OCU iniciará todas las acciones posibles para que los afectados cobren las cantidades reconocidas en la sentencia.
En julio de 2009, el Juzgado de Primera Instancia número 22 de Barcelona ya condenó a las compañías Endesa y Red Eléctrica a indemnizar a los más de 300.000 afectados por el apagón.

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