España multará con 10.000 euros mínimo a quien no informe de sus rentas fuera

  • España multará a los contribuyentes que no informen sobre cuentas y valores situados en el extranjero de los que sean titulares, beneficiarios o figuren como autorizados con 5.000 euros por cada dato omitido, con un mínimo de 10.000 euros.

Madrid, 22 jun.- España multará a los contribuyentes que no informen sobre cuentas y valores situados en el extranjero de los que sean titulares, beneficiarios o figuren como autorizados con 5.000 euros por cada dato omitido, con un mínimo de 10.000 euros.

Así consta en el proyecto de ley de lucha contra el fraude fiscal que hoy aprobó el Gobierno español y que cuenta con el visto bueno del Banco Central Europeo y del Banco de España.

Una de las novedades del texto es que además de incluirse todo tipo de títulos, activos y cuentas en entidades financieras, así como valores o seguros de vida, también afectará a bienes inmuebles.

Además, las rentas descubiertas que no hayan sido declaradas se imputarán al último periodo impositivo de entre los no prescritos.

También se amplía su ámbito de aplicación respecto al contenido anterior, ya que no sólo afectará a la titularidad, sino también a la tenencia y adquisición de bienes o derechos no incluidos en la declaración informativa.

En la lucha contra el fraude fiscal, la norma recoge la limitación de los pagos en efectivo a cantidades inferiores a 2.500 euros, cifra que asciende a 15.000 euros cuando el pagador sea un particular no residente.

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