Exvocal del CGPJ cree Abogacía del Estado debe denunciar desobediencias al TC

  • El exvocal del Consejo General del Poder Judicial Enrique Arnaldo ha dicho hoy que la Abogacía del Estado debe comunicar al Tribunal Constitucional (TC) cualquier acto, resolución o vía de hecho que suponga desobedecer la decisión de este órgano de suspender la consulta soberanista catalana.

Madrid, 30 sep.- El exvocal del Consejo General del Poder Judicial Enrique Arnaldo ha dicho hoy que la Abogacía del Estado debe comunicar al Tribunal Constitucional (TC) cualquier acto, resolución o vía de hecho que suponga desobedecer la decisión de este órgano de suspender la consulta soberanista catalana.

El Pleno del TC suspendió ayer de forma cautelar y por unanimidad la consulta convocada por el Ejecutivo catalán para el 9 de noviembre al admitir a trámite los recursos presentados por el Gobierno de España.

En el supuesto de que esta suspensión no sea aceptada y se realice algún acto, resolución o alguna vía de hecho por parte de cualquiera para intentar aplicar algo que está suspendido, la Abogacía del Estado deberá ponerlo en conocimiento del TC para que lo anule, ha declarado a Efe Enrique Arnaldo.

Ha explicado que el TC ha suspendido en sendas providencias tanto la ley de consultas como el decreto de convocatoria, lo que "vincula a todos los poderes públicos nacionales y del ámbito territorial catalán y a todos los ciudadanos".

Enrique Arnaldo ha añadido que la suspensión abarca un periodo de cinco meses y cuando va a llegar el final de ese plazo el tribunal da traslado a las partes, es decir a los gobiernos de la nación y catalán y al Parlamento autonómico, para que aleguen sobre si mantenerla o levantarla.

Ha indicado que una vez que el TC ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad contra la ley de consultas y la impugnación del decreto de convocatoria presentados por el Gobierno de la nación, ambos se trasladan a las partes para que formulen su contestación y sus alegaciones.

Arnaldo ha precisado que en esas alegaciones el Gobierno y el Parlamento catalanes podrían pedir que se levante la suspensión y en tal caso el tribunal habrá de dar traslado al Ejecutivo de la nación "para que diga lo que tenga que decir, que lógicamente será oponerse al levantamiento".

Ha aclarado que la suspensión declarada por el tribunal afecta no solamente a las resoluciones que se hagan en el futuro sino también las que se pudieran haber hecho de preparación o conducentes a la celebración del acto, como por ejemplo la disposición sobre el fichero de personas que pudieran votar en esta consulta.

Enrique Arnaldo ha recordado que cuando se planteó una actuación análoga por parte del Gobierno del País Vasco presidido por el lehendakari Juan José Ibarretxe el TC dictó dentro del plazo de los cinco meses la resolución sobre el fondo del asunto, "declarando la nulidad y la inconstitucionalidad del hecho".

"Es probable que dentro de un plazo breve de cinco meses el TC se pronuncie sobre el fondo del asunto" en el caso de Cataluña, ha apostillado Enrique Arnaldo.

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