Impedir que los expresos opten a cargos públicos vulneraría un derecho fundamental, según los expertos

    • Una vez cumplida su pena, un ciudadano que ha delinquido conserva intacto su derecho a la participación política, un supuesto que Rajoy quiere modificar.
    • Los juristas coinciden en que tocar este derecho es peliagudo, aunque el PP podría hacerlo por mayoría absoluta si optase por cambiar la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG).
    • Modificarlo levantaría otras 'ampollas' como la alteración de la propia Ley Electoral.

Al salir de la cárcel, el que una vez fue terrorista ha "purgado" sus crímenes y se reinserta en la sociedad. Sus derechos fundamentales están restaurados, incluido el que le permite participar en la política. No permitirle que lo hiciese sería vulnerar un derecho fundamental.

Esa es la premisa a la que alegan varios juristas para explicar que la propuesta del presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, de limitar el acceso a los cargos públicos de los expresos de la banda terrorista ETA sería un proceso complejo.

"No veo razón jurídica por la que se pueda restringir los derechos de participación a estas personas por el simple hecho de haber sido condenados previamente", expone el catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Barcelona, Xabier Arbós.

En rasgos generales, modificar la regulación a este respecto, según Arbós, supone "eliminar un derecho de modo retroactivo" a una persona que, en un principio, ha recuperado todos sus derechos civiles y políticos, a no ser que en la sentencia que la condenó se haya hecho una distinción clara al respecto -por ejemplo, que obtendría de nuevo sus derechos de participación política 10 años después de salir de prisión-.

Arbós comprende "el malestar de las víctimas, que ven cómo los etarras liberados y otros delincuentes pueden asumir puestos de representanción política". "Pero desde el punto de vista jurídico, cuando has recuperado tus derechos no se te pueden retirar", explica, alegando que "si repasamos el caso del Reino Unido, posiblemente encontramos personalidades vinculadas al IRA que han asumido no sólo puestos de representación, sino cargos de relevancia pública".

El profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de Navarra, Manuel Pulido, coincide con Arbós en que modificar la eligibilidad es un asunto "complicado" porque afecta a un derecho fundamental, regulado en el artículo 6 de la Ley Orgánica de Participación Electoral (LOREG).

A finales de los años 80, y a raíz del intento de Golpe de Estado del 23-F, según explica Pulido, se aprobó una legislación para impedir la participación política de aquellas personas con sentencias en los tribunales por terrorismo. Esta ley, que sigue vigente, se diferencia con la propuesta de Rajoy en que se aplica a condenados. "El supuesto aquí es distinto, porque estamos hablando de personas que ya han cumplido su condena y que tienen extinguida la responsabilidad penal", asegura.

Los obstáculos constitucionales que surgirían para cambiar los criterios de eligibilidad de los altos cargos pasarían por una Ley Orgánica, la del Régimen Electoral General (LOREG), que puede modificarse por mayoría absoluta en Congreso y Senado. El Partido Popular goza con esa mayoría, aunque tendría que pasar por un espinoso proceso en el que se presentarían recursos y en el que podría surgir una conocida reivindicación: la de modificar la propia Ley Electoral, que favorece la existencia de un sistema bipartidista.

Arbós lo tiene claro: "No veo mucho margen para que esta medida anunciada pueda prosperar. Podría llevar incluso a una reforma constitucional, y eso sería un poco escandaloso, porque se trataría de una medida hecha ad hoc", comenta. Para Pulido, en cambio, todo depende de cómo se redacte la propuesta. "Si estableces un requisito discriminatorio exprofeso tienes riesgos, pero se podrían buscar otro tipo de requisitos para acceder a un cargo público", expone.

Al final, lo que cuenta, según Pulido, es "la habilidad del legislador de encontrar una fórmula y vincularla a los criterios que se quieran seguir". La propuesta podría funcionar si se estableciese "una pena determinada o un período concreto de tiempo" durante el que no se pudiese acceder a un cargo público, lo que supondría, en resumidas cuentas, una especie de "medida de enfriamiento".La 'honorabilidad' de los altos cargos, el primer paso

El presidente del Gobierno propuso modificar los mecanismos de eligibilidad ante el Comité Ejecutivo del PP, por lo que el proyecto todavía está en estado embrionario. Desde el Ministerio de Justicia aseguran que la propuesta no se ha trasladado a ningún plan oficial y que ni siquiera hay un borrador sobre el tema.Sin embargo, el Ejecutivo ha aprobado recientemente una nueva modificación legal que regula el ejercicio de los altos cargos, cuyo objetivo es mejorar la "honorabilidad" de aquellos que acceden a estas responsabilidades, y que podría tener un patrón muy similar a lo que se propone hacer con los exterroristas.

La ley de regulación del ejercicio de los altos cargos sólo afecta en principio a los empleados de la Administración Pública. Todavía es un anteproyecto que tiene que pasar por las cámaras legislativas, pero que está sujeto a modificaciones. "Se están requiriendo una serie de requisitos de honorabilidad para ocupar altos cargos. La regulación que propone Rajoy podría ir en esa línea", explica Manuel Pulido.

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