Según los estatutos, para que la consulta sea válida se necesita un participación mínima del 10% de los inscritos y, si no se cumplen los requisitos, la Asamblea y el Consejo Ciudadano Catalán "sólo podrán seguir adelante con la decisión previa consulta al Consejo Ciudadano catalán de ámbito inmediatamente superior", lo que en este caso genera una incógnita porque el Consejo Ciudadano Catalán es el órgano superior de Podem Catalunya.
Este 10% dependerá del censo que interprete la ejecutiva de Podem: si se acogen al total de los inscritos --cerca de 54.000-- no superarían el 10% que sí obtendrían si se acogen al censo de inscritos activos --cerca de 30.000--.
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