Inspectores de hacienda piden cambios "profundos" en el régimen de tributación por módulos


La Organización Profesional de Inspectores de Hacienda del Estado (IHE) considera que el régimen de estimación objetiva o módulos requiere una reforma "urgente y en profundidad", más allá de las modificaciones recogidas en la futura Ley de Emprendedores que elabora el Gobierno.
Según IHE, la reforma prevista por el Ejecutivo, que introduce una bonificación del 5% y permite que, en caso de renuncia o exclusión de este sistema de tributación, se pueda regresar al mismo sin necesidad de esperar tres años, puede tener un reflejo positivo en la competitividad de los empresarios, que verían reducidas sus cargas fiscales.
No obstante, esta organización cree que estas medidas "son insuficientes para evitar que esta figura se utilice de forma inconveniente y con fines distintos para los que fue concebido".
Para los inspectores de Hacienda es necesaria la adecuación del régimen de módulos al principio de capacidad económica y la exclusión de este sistema de aquellas actividades que facturan a profesionales y empresarios, para limitar y reducir al mínimo la emisión de facturas falsas.
"En este régimen, el cálculo de los beneficios y del IVA a ingresar por el empresario no está relacionado con su facturación. Esto implica que si emite facturas falsas no le ocasiona mayores pagos a Hacienda y, por el contrario, éstas podrían deducirse por otros empresarios", explican desde IHE.
En ese sentido, IHE propone que el régimen de módulos se aplique exclusivamente a los contribuyentes que realicen actividades agrícolas o actividades económicas cuando, al menos, el 80% del valor de sus bienes entregados o servicios prestados se destinen a contribuyentes sin derecho a ninguna deducción o beneficio tributario por tales adquisiciones.
Conscientes de la necesidad de modificar previamente la normativa del IRPF e IVA en algunos casos, los inspectores de Hacienda apuestan, entre otras medidas, por reducir el límite de facturación a los contribuyentes que realicen actividades agrícolas o económicas desde los actuales 300.000 o 450.000 euros, respectivamente, a 100.000, en ambos casos.

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