Izquierda Plural pide que policías lleven su número de identificación visible

  • Izquierda Plural ha presentado en el Congreso una propuesta de modificación de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para que la policía nacional, autonómica y local porte en su uniforme su número identificativo de forma visible y nítida para los ciudadanos.

Madrid, 31 mar.- Izquierda Plural ha presentado en el Congreso una propuesta de modificación de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para que la policía nacional, autonómica y local porte en su uniforme su número identificativo de forma visible y nítida para los ciudadanos.

En la iniciativa, solicita que se modifique el apartado seis del artículo 5 de la citada ley para que se establezca la obligatoriedad de que todo el personal de las fuerzas de seguridad del Estado, las Comunidades Autónomas y Administraciones Locales esté identificado en su uniforme con un número personal e intransferible "que pueda ser nítidamente identificado por los ciudadanos y visible en toda ocasión".

Izquierda Plural considera que la actual identificación, basada en la exhibición de un número en pequeños caracteres en una placa no es suficiente, máxime cuando queda cubierta por otras prendas y equipamientos que la hacen invisible a los ciudadanos.

Por ello, propone la redacción de una nueva disposición adicional con los criterios que debe reunir la obligatoriedad de que la policía porte su número de identificación, que deberá ir colocado en el pecho y en la parte superior de la espalda en todas las prendas del uniforme excepto en el establecido para actos oficiales y ceremonias.

Su ubicación no podrá ser cubierta por otros equipamientos que impidan su visibilidad total o parcial, salvo cuando las actuaciones policiales exijan mantener oculta la condición de miembro de las fuerzas de seguridad.

Piden también que el tamaño de los caracteres de este número identificativo no podrá ser menos de 4 centímetros de altura y 3 de anchura y que el color deberá ser diferente al del uniforme.

En caso de portar prendas de protección sobre el uniforme, estas deberán disponer del número en las mismas condiciones, y si el agente lleva casco, la identificación deberá ir colocado en su frontal y en su parte posterior.

Además, si el policía actúa no uniformado en labores de intervención y no de investigación, deberá portar prendas en los que figure el número en los mismos términos descritos.

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