La auditoría no ve justificado el interés público del hotel del Palau

  • Barcelona.- La auditoría externa encargada por el ayuntamiento de Barcelona sobre el proceso urbanístico para la construcción del hotel del Palau de la Música concluye que no estaba justificado suficientemente el interés público de la iniciativa que han argumentado los responsables municipales y autonómicos para su aprobación.

Un alto cargo municipal avala que la cúpula de Urbanismo ignoraba la cesión del hotel
Un alto cargo municipal avala que la cúpula de Urbanismo ignoraba la cesión del hotel

Barcelona.- La auditoría externa encargada por el ayuntamiento de Barcelona sobre el proceso urbanístico para la construcción del hotel del Palau de la Música concluye que no estaba justificado suficientemente el interés público de la iniciativa que han argumentado los responsables municipales y autonómicos para su aprobación.

El informe ha sido elaborado por externos designados por los colegios profesionales de abogados, arquitectos y secretarios e interventores de la administración local, y será presentado el viernes ante la comisión municipal que investiga la tramitación del proyecto urbanístico del hotel del Palau, por la que han sido imputados judicialmente los máximos responsables de urbanismo del ayuntamiento.

Según estos expertos, el procedimiento urbanístico seguido es "correcto", aunque advierten que el trabajo de los técnicos municipales estuvo "notablemente" condicionado por los convenios firmados por la Fundación Orfeó Catalá-Palau de la Música con la Generalitat y el Ayuntamiento que avalaron la necesidad del proyecto hotelero.

En el informe de auditoría, al que ha tenido acceso EFE, los expertos consideran "insuficiente" la justificación de la conveniencia del hotel en relación a los intereses públicos.

"El incuestionable interés público que tiene la Fundació Orfeó Català-Palau de la Música para la ciudad y para el país no presume que cualquier actividad que promueva aquella institución sea necesariamente conveniente para la ciudad, desde la perspectiva de la función pública que tiene la ordenación urbanística de la ciudad", concluye el informe.

Consideran que "esta realidad no presupone que un nuevo establecimiento hotelero que mejore las prestaciones de la institución cultural, no sea conveniente para la ciudad" y que "aquellas prestaciones no se pueden dar por supuestas y se debían hacer constar en la Memoria del documento".

Los expertos añaden que "hubiera sido necesario pedir una más cumplida justificación al promotor de los servicios complementarios que aportaba el hotel al Palau y la vinculación entre éste y el Palau".

La auditoría considera el procedimiento aplicado por los servicios técnicos y jurídicos del Ayuntamiento de Barcelona ajusta "la tramitación de los expedientes administrativos al marco jurídico de aplicación", aunque los expertos discrepen "de la interpretación o aplicación de algún precepto jurídico" que hicieron los servicios técnicos.

Sin embargo, apunta que "el contenido de los dos convenios subscritos por la Fundació Orfeó Català-Palau de la Música el año 2006 con la Generalitat de Catalunya y con el Ayuntamiento de Barcelona condicionaron, notablemente, el contenido del proyecto técnico de modificación puntual del PGM y los informes que emitieron los servicios técnicos municipales, dado que ponían de manifiesto des de un inicio la coincidencia de los representantes de ambas corporaciones públicas con la propuesta urbanística de la Fundació Orfeó Català".

El proyecto técnico de modificación de los instrumentos urbanísticos,añaden, "se valora positivamente", por su cumplida y detallada documentación, "aún cuando parece influenciado por el convencimiento de que se estaba redactando un proyecto en que sus determinaciones ya habían sido aceptadas" por la Administración actuante.

Sobre la propiedad de la finca donde se quería construir el hotel, los auditores concluyen que la transmisión de las fincas afectadas por la modificación del planeamiento a "Olivia hoteles S.A.", antes de su aprobación o tras la misma, "no altera ni el procedimiento seguido para su aprobación, ni tampoco el objeto y justificación de la ordenación aprobada" y por tanto, "desde la perspectiva de la ordenación urbanística resulta totalmente irrelevante quien era el propietario de las fincas".

La auditoría sobre el procedimiento de modificación del Plan General Metropolitano y del Plan de Mejora Urbana en el ámbito del Palau de la Música ha sido elaborada por un grupo de trabajo formado, a propuesta de los colegios profesionales, por Joan Anton Font Monclús (Consejo de Colegios de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local de Catalunya), Jordi Miró Fruns (Colegio de Abogados de Barcelona) y Esteve Coromines Noguera (Colegio de Arquitectos de Catalunya).

Estos tres expertos explicarán la auditoría a la comisión municipal de investigación el próximo viernes.

En las conclusiones, también se destaca "muy positivamente" el programa de participación ciudadana realizado en el marco del expediente de modificación del PGM, que permitió que el documento aprobado provisionalmente y definitivamente resolviera mejor la ensambladura del proyecto de construcción del establecimiento hotelero con el barrio de Sant Pere.

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