Las televisiones acuerdan nuevos criterios para la calificación por edades de los programas


Las televisiones han aprobado una modificación del Código de Autorregulación sobre Contenidos Televisivos e Infancia para introducir nuevos criterios en el sistema de calificación por edades de los programas.
Los operadores firmantes del Código han remitido esta modificación a la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) y ésta ya le ha dado visto en una resolución aprobada el pasado 23 de junio y a la que ha tenido acceso Servimedia.
El cambio ha sido aprobado por la unanimidad de las cadenas y aunque formalmente ha comenzado a aplicarse el 1 de julio, “entrará íntegramente en vigor el 1 de septiembre de 2015”, señala el acuerdo de la Sala de Supervisión Regulatoria.
Con el nuevo sistema habrá siete categorías de contenidos potencialmente perjudiciales: “violencia, sexo, miedo o angustia, drogas y sustancias tóxicas, discriminación, conductas imitables y lenguaje”.
Factores como el grado de realismo, la frecuencia o la intensidad de estos contenidos determinarán finalmente la franja de edad adecuada para poder visionar el programa en concreto.
PROTECCIÓN REFORZADA
La CNMC ha aprovechado para validar también, en cumplimiento de la normativa que regula sus competencias, la anterior modificación del Código que aprobaron las televisiones en 2011, que redujo en un año el segundo escalón de edad máxima recomendada para ver determinados espacios (de 13 a 12 años) e introdujo la nueva categoría de “no recomedada para menores de 16 años”.
El supervisor da luz verde a estos dos cambios en estos términos: “reducir en un año el segundo escalón de edades (de 13 a 12 años) conduce a reforzar los contenidos audiovisuales para las franjas horarias de especial protección, en la medida en que el cumplimiento de la Ley en unión con la clasificación diseñada mediante la autorregulación exigirá que los contenidos en horario de protección reforzada sean aptos para menores de 12 años (en lugar de +13, tal y como exige la Ley). Respecto de la segunda cuestión, la introducción de una franja de protección intermedia (la de los 12 a los 16 años) no contraviene la Ley Audiovisual, en la medida en que los nuevos criterios de clasificación ahora aprobados permitirán una mejor selección de los contenidos que pueden ser objeto de visionado por parte del menor en función de su edad”.
Asimismo, señala que la creación de una nueva categoría +16, si bien aumenta la complejidad de la calificación de contenidos, también debe entenderse como una “medida garantista” de los derechos de los menores, porque, una vez adoptada la reducción de 13 a 12 años, no puede obviarse que si esta franja no existiera, los niños entre los 12 y los 13 años tendrían acceso a la totalidad de contenidos calificados como “no recomendados para menores de 18 años”.
La Comisión pide a las televisiones adheridas al Código que incluyan un apartado específico en sus webs en el que se incluya el código de autorregulación con la modificación efectuada.

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