Legálitas advierte que aumenta el importe de las sanciones de tráfico

  • Los servicios jurídicos de la compañía Legálitas han advertido hoy que registran un incremento del importe de algunas sanciones de tráfico impuestas a sus clientes y el acortamiento de los plazos para recurrir si se quiere evitar la vía ejecutiva.

Madrid, 2 ago.- Los servicios jurídicos de la compañía Legálitas han advertido hoy que registran un incremento del importe de algunas sanciones de tráfico impuestas a sus clientes y el acortamiento de los plazos para recurrir si se quiere evitar la vía ejecutiva.

Legálitas explica en un comunicado, que tras la nueva modificación de la Ley de Seguridad Vial ya no se puede suspender el permiso de conducir de forma temporal por la vía administrativa, lo que provoca que las sanciones se concentren de forma masiva en el componente económico y en la pérdida de puntos.

Así, por circular a 151 Km/h, en autovía o autopista, se multa con 300 euros más la retirada de dos puntos, cuando, aplicando la legislación anterior la multa se limitaba a 140 euros y dos puntos de retirada.

Presentar alegaciones en sanciones que conllevan detracción de puntos sigue siendo la opción mayoritariamente adoptada entre los clientes de Legálitas, lo que ocurre por encima del 80 % de los casos.

La no identificación del conductor a la hora de sancionar es uno de los aspectos más denunciados por los clientes de Legálitas, de modo que con anterioridad a la modificación de la Ley la sanción por incumplimiento de no identificar al conductor podía abonarse con descuento, y hoy es imposible el pago con descuento.

En relación con el pago de sanciones, los plazos se han acortado sustancialmente, suprimiéndose casi el 70 % de los trámites de audiencia, con lo que las Administraciones actúan más rápidamente al emitir las Resoluciones Sancionadoras.

Legálitas explica que en determinados casos en apenas 3 meses puede resolverse un procedimiento y el administrado viene obligado al pago de la sanción.

Uno de los cambios más significativos con la modificación de la Ley ha sido el aumento en el descuento por pronto pago, que junto a la situación económica actual, ha hecho que las consultas sobre la conveniencia de abonar cuanto antes la sanción hayan crecido en torno al 40 % en 2011 (el descuento era antes del 30 % y hoy es del 50 %).

Otra de las modificaciones surgidas es que al resultar obligatorio el pago de la sanción en la resolución sancionadora, se adelanta considerablemente el momento del pago, por lo que la Administración ya no tiene ninguna prisa en resolver el Recurso de Reposición que corresponde posteriormente, por lo que se registran dilaciones importantes en la resolución en vía administrativa del procedimiento.

Tras los cambios legislativos, que dificultan la tramitación de determinados expedientes, se han generado otras necesidades en los administrados como la contratación de servicios de localización de sanciones en boletines.

El no conocimiento de la publicación de la multa puede generar que la sanción se tramite en vía ejecutiva, con un 20 % de recargo sobre la sanción originaria.

También se generan incumplimientos del deber de identificar al conductor que pueden llegar hasta triplicar la sanción origen, concluye la compañía de asesoramiento legal.

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