Marina Castaño queda absuelta del delito de malversación de la Fundación Cela

  • La Audiencia de A Coruña ha notificado esta mañana su decisión y exculpa a la mujer del Premio Nobel de malversar caudales públicos.
Marina Castaño y Camilo José Cela. / EFE
Marina Castaño y Camilo José Cela. / EFE

La Justicia ha dado la razón a Marina Castaño. La periodista ha sido absuelta del delito de malversación de fondos de la Fundación Cela del que había sido acusada, una decisión que ha notificado la Audiencia Provincial de A Coruña este jueves. Así, la mujer del Premio Nobel queda libre de un delito por el que el Ministerio Fiscal pedía cuatro años y medio de prisión y ocho de inhabilitación.

El contencioso viene de cuando fue presidenta de la Fundación de Camilo José Cela. Por entonces, se tramitó la el despido del que fuera su gerente, Tomás Cavanna, con una indemnización de 150.000 euros. La Fiscalía entendía que podía haberse pactado una simulación del mismo para malversar caudales públicos abonando una cuantía exagerada por este trámite.

Así, Marina fue denunciada por una vecina de Iria Flavia, donde está la sede de la Fundación, de movimientos de dinero entre ésta y sociedades de la mujer del Nobel. Igualmente, también fueron imputados el exconselleiro y patrón de la Fundación Dositeo Rodríguez; su hija y exdirectora de la misma, Covadonga Rodríguez, y el propio Cavanna.

Hace unos meses, en su declaración ante el juez, Castaño alegó que "solo quiso sanear la institución y consolidar su permanencia en Galicia". Mantuvo que siempre anheló mantener su carácter privado, pero que a causa de la crisis económica, para cumplir el "expreso deseo" de su marido -de que siempre permaneciese en su tierra natal- no hubo más remedio que entregarla a la Xunta. 

No obstante, evitó responder las preguntas sobre el despido de Cavanna, pues señaló que eran "muy difíciles" de responder tras los muchos años que han pasado desde esos hechos. En cualquier caso, defendió que la indemnización por el despido del entonces director gerente tenía que ser generosa, puesto que su labor "superó" las expectativas marcadas.

La Sala entiende, en la sentencia fechada el pasado 28 de junio y que esta tarde han divulgado fuentes próximas a Castaño, que "nunca pudo haber intención" por parte de la viuda del Nobel "de malversar fondo público alguno", puesto que el dinero con el que se pagó la indemnización de Tomás Cavanna ya había sido integrado en el patrimonio de la fundación y era considerado como privado.

Del mismo modo, descarta cualquier posible prejuicio patrimonial sobre la Administración central del Estado, que por este motivo tuvo que abandonar la acusación particular que ejercía al comienzo de la vista oral del caso. La otra Administración involucrada en este proceso, la Xunta de Galicia, decidió en su día "no personarse, no ejercer acciones civiles" y tampoco penales por estos hechos.

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