Pedraz archiva la causa contra los convocantes del 25S

  • El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha acordado hoy archivar la causa abierta contra ocho de los convocantes de la manifestación del 25S frente al Congreso de los Diputados al considerar que no existe delito contra las instituciones del Estado.

Madrid, 4 oct.- El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha acordado hoy archivar la causa abierta contra ocho de los convocantes de la manifestación del 25S frente al Congreso de los Diputados al considerar que no existe delito contra las instituciones del Estado.

Pedraz ha tomado esta decisión tras tomar declaración durante algo menos de una hora a los acusados, a los que no ha impuesto ningún tipo de medida cautelar, y estimar que del análisis del acta del diario de sesiones del pleno celebrado aquel día "no consta alteración alguna del normal funcionamiento" del mismo.

De esta forma, insiste en que la "larga sesión" se desarrolló "normalmente" y que por ello los acusados no cometieron un delito tipificado en el artículo 494 del Código Penal, que castiga "a los que promuevan, dirijan o presidan manifestaciones u otra clase de reuniones ante las sedes del Congreso de los Diputados, cuando estén reunidos, alterando su normal funcionamiento".

Un extremo que ha sido negado también por los detenidos, que le han manifestado que "en modo alguno pretendían invadir, penetrar, acceder o alterar el normal funcionamiento del Congreso, insistiéndose en el carácter pacífico de las concentraciones, movilizaciones o manifestaciones convocadas".

Algo que confirman, prosigue Pedraz, las declaraciones de un parlamentario recogidas en el acta de sesiones en las que afirmaba que "el Congreso de los Diputados ha podido mantener su actividad hasta el momento con absoluta normalidad" y que, aunque en el Paseo del Prado se habían "producido algunas detenciones" y "alborotos", los diputados accedieron a la Cámara "sin ningún problema."

Tras prestar declaración, uno de los acusados ha manifestado que "no cabía otra" opción que el archivo porque la causa "no se sostenía jurídicamente" y ha exigido al ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, y a la delegada del Gobierno en Madrid, Cristina Cifuentes, que si tienen "algo de dignidad, lo mínimo que deberían hacer es pedirnos perdón por sus acusaciones infundadas".

Para el magistrado es "obvio" que tampoco invadieron "con fuerza, violencia o intimidación las sedes del Congreso de los Diputados", delito recogido en el artículo 493, porque en la convocatoria de la manifestación "no se dice nada al efecto ni algo parecido, teniendo en cuenta que invadir consiste en entrar violentamente en un lugar".

"Desde luego, el hecho de convocar bajo los lemas de 'rodear, permanecer de forma indefinida, exigir un proceso de destitución y ruptura del régimen vigente'" no puede ser constitutivo de delito, "no sólo porque no existe tal delito en nuestra legislación penal sino porque de existir atentaría claramente" al derecho de libertad de expresión.

Por último, "no consta" que "promovieran, dirigieran o presidieran un grupo" que tratara de penetrar al Congreso con armas o instrumentos peligrosos para realizar una petición, delito que prevé el Código Penal en su artículo 495, porque "en ninguna parte de la convocatoria hecha por las plataformas en cuestión se indica que se penetre" en la Cámara con armas o instrumentos" con tal fin.

En este sentido, el juez señala además que, aunque en los atestados figura que hubo intentos de rebasar la valla de seguridad y se lanzaron objetos contra la policía, "no puede hacerse responsables" de este delito a los acusados por actos realizados por terceras personas que se "extralimitaron en el objeto de la convocatoria".

"Y, en cualquier caso, el perímetro de seguridad, baste observarlo en las fotos, está alejado de la sede, sin que pueda considerarse como parte del edificio del Congreso ni su sede", asegura Pedraz, que añade que "puede pensarse también que sólo se quisiera llegar a las puertas o simplemente "rodearlo" o "cercarlo" como expresaba la convocatoria.

Respecto a la falta de comparecencia de uno de los ocho detenidos, el juez resalta que "resulta indiferente, por cuanto citado en forma"él mismo habría renunciado a declarar lo que tuviera por conveniente, no viéndose por tanto afectado su derecho de defensa.

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