Prohibido difundir encuestas electorales, pero no el precio del tomate o la naranja

  • Desde este martes 21 a las 00.00 horas está prohibido publicar sondeos de intención de voto para el 26J, bajo penas incluso de prisión.

    En los días previos a las últimas elecciones del 20D, medios e internautas se saltaron esta norma; ya está anunciado que esta semana pasará lo mismo.

Ejemplo de uno de los sondeos publicados antes del 20D para eludir la ley electoral española.
Ejemplo de uno de los sondeos publicados antes del 20D para eludir la ley electoral española.
L.I.

Desde las cero horas de este martes 21 de junio, nadie puede difundir encuestas electorales. El artículo 69, apartado 7, de la Ley del Régimen Electoral General prohíbe terminantemente, durante los cinco días previos al de la votación, publicar sondeos electorales por cualquier medio de comunicación.

La ley electoral vigente en España se aprobó en 1985, una década antes de que la población comenzara a habituarse en el uso de internet, y dos antes de la aparición de las redes sociales.

Entonces, si la ley prohíbe difundir encuestas por cualquier medio de comunicación, ¿se puede transmitir esta información por twitter o facebook? No. También está prohibido. ¿Y no resulta absurdo que medios internacionales, accesibles para cualquier a golpe de un simple clic, puedan publicar encuestas españolas y no lo puedan hacer quienes más interesados están en ponerlas a disposición de su público?

La Junta Electoral Central emitió una instrucción para aclarar este punto en 2007, cuando internet ya había penetrado en la mayoría de los hogares españoles. La “Instrucción sobre el uso de las nuevas tecnologías” establece que las normas electorales afectan “a cualquier tipo de comunicación electrónica”, esto es: a las redes sociales, al correo electrónico, a los agregadores, etc, etc, etc.Nadie hizo caso a la ley

Pero... hablando de unas tecnologías de muy fácil acceso, al alcance prácticamente de cualquiera ¿qué ocurre si lo hace un ciudadano anónimo, que no tiene por qué conocer el extremo de rigor al que llega el régimen electoral? “El desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento”, le responderán los juristas, recurriendo a un viejo aforismo latino: “ignorantia iuris non excusat”.

Las penas están muy claras. Aparecen tipificadas en el artículo 145 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General: multas de uno a dos años, inhabilitación profesional de uno a tres años y hasta doce meses de prisión.

¿Y cómo fue entonces posible que en la semana previa de las últimas elecciones celebradas el 20 de diciembre la ciudadanía estuvo perfectamente informada, podría decirse que más que nunca, día a día, incluso en la jornada de reflexión? ¿Y cómo fue posible también que ante este flagrante y masivo incumplimiento de las leyes, no se haya conocido ni una sola sanción relevante a ninguno de los numerosos medios que se saltaron esta norma a la torera?

Hay dos razones que lo explican:

Primero, que el incumplimiento generalizado fue posible gracias a que no se mencionaban explícitamente el nombre de los partidos, sino objetos fácilmente identificables con el color corporativo de cada fuerza política. De este modo, la morada berenjena se convertía en Podemos, la naranja en Ciudadanos, los tomates o las fresas en el PSOE, y el PP… en la botella azul del agua mineral. Podrían haberse referido a zafiros, topacios o esmeraldas, que para el caso es lo mismo.La norma queda en ridículo

Nadie hablaba de escaños o diputados, sino de precios o cotizaciones. Pero todo el mundo entendía el guiño cómplice, incluso los responsables de la Junta Electoral Central, que prefirieron cerrar los ojos ante la evidencia de su su régimen normativo estaba quedando en ridículo, sobrepasado por la tecnología.

La segunda razón fue el número de infracciones. No fueron ni una ni dos ni tres empresas editoriales, sino millones de internautas las que difundieron las informaciones haciéndose eco de ellas a través de sus redes sociales.

Una jurista de Legalitas consultada por este periódico en diciembre explicaba que la persecución de cualquier delito se complica “cuanto más gente lo comete”. De modo que si un particular tuitea o publica en su muro de facebook y sondeo electoral publicado en Andorra, disfrazado de “precios de la fruta”, según esta experta, “lo más probable es que no le pase nada”.

Y, efectivamente, fue lo que pasó. Nada.

Y es lo que va a ocurrir esta semana. El Periódico de Cataluña ya ha anunciado que “la página web del rotativo ‘El Periòdic d’Andorra’ ofrecerá cada 24 horas hasta el sábado, una encuesta diaria desde este martes". El día de la prohibición comenzará, pues, saltándose dicha prohibición.

Sigue @martinalgarra//

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