Rato. La causa que investiga presunto blanqueo y delitos fiscales de rato se queda en los juzgados de madrid


La Sección 23 de la Audiencia Provincial de Madrid ha estimado el recurso interpuesto por la Fiscalía contra la decisión del titular del juzgado de Instrucción número 31 de Madrid de inhibirse en favor de la Audiencia Nacional en la investigación de cinco presuntos delitos fiscales, alzamiento de bienes y blanqueo de capitales por parte del exvicepresidente del Gobierno del PP Rodrigo Rato.
Según los magistrados María Riera Ocáriz, Jesús Eduardo Gutiérrez Gómez y Celso Rodríguez Padrón, la investigación de los hechos está aún en una fase muy inicial y por el momento no hay indicios suficientes que indiquen que hay elementos de conexión entre este procedimiento y el que sigue el juez Fernando Andreu por el caso Bankia en la Audiencia Nacional.
En archivo adjunto os facilitamos la resolución de la Sección 23 de la Audiencia Provincial de Madrid por la que se estima el recurso interpuesto por el Ministerio Fiscal contra la decisión del titular del juzgado de Instrucción nº 31 de Madrid de inhibirse a favor de la Audiencia Nacional en el denominado ‘caso Rato’. Sobre esta resolución no cabe recurso.
Tras acordar su inhibición a favor del juzgado número cuatro de la Audiencia Nacional, el Ministerio Fiscal presentó un recurso de apelación que se ha resuelto hoy por la Sección 23 de la Audiencia Provincial de Madrid.
En el auto, se indica que los hechos expuestos en la denuncia de la Fiscalía Provincial de Madrid “están por investigar y resulta imposible realizar una calificación jurídica de los mismos”.
El Juzgado número 31 de Madrid esgrimía que uno de los dos denunciados por la Fiscalía Provincial, Rato, está imputado en las diligencias previas de la Audiencia Nacional, en procedimientos que pueden generar elevadas responsabilidades pecuniarias para el imputado y la comisión de delitos de “insolvencia punible”, delitos contra la Hacienda pública y de blanqueo de capitales, por lo que habría “delitos conexos“ con los investigados por Andreu.
Sin embargo, el recurso de apelación que interpone la Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada precisan datos “relevantes” para resolver este recurso. El auto señala que Rodrigo Rato no está imputado en las diligencias previas del Juzgado Central de Instrucción 4, sino en las que investigan el proceso de fusión de Banco Financiero y de Ahorros y Bankia y su posterior salida a bolsa, y en una pieza separada de esa causa, en la que se investiga la existencia y uso de una tarjetas de crédito conocidas como 'tarjetas black'.
Además, explican los magistrados, las responsabilidades pecuniarias en esas causas han sido aseguradas, de momento, ya que en la primera BFA/BANKIA ha depositado una fianza de 800 millones de euros y en la pieza separada sobre las tarjetas opacas , Rato ha depositado una fianza de tres millones de euros. Por eso, la Sección considera que el argumento del juzgado número 31 “no se sostiene”.
La Audiencia Provincial entiende que en “un momento tan inicial” de la investigación “no es posible avanzar una calificación jurídica de los hechos”. Cualquiera que sea su calificación definitiva, continúa el auto, se podría incluir en el concepto “amplio de defraudaciones” que serían competencia de la Audiencia Nacional, siempre y cuando “produzcan o puedan producir grave repercusión en la seguridad del tráfico mercantil, en la economía nacional o perjuicio patrimonial en una generalidad de personas en el territorio de más de una Audiencia”.

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