Un médico deberá pagar 83.000 euros a una mujer por daños en una intervención

  • Un cirujano miembro de la Sociedad Española de Cirugía Plástica, Reparadora y Estética (SECPRE), que trabaja en Madrid y ha sido condenado al menos en otras cinco ocasiones, deberá pagar 83.000 euros a una mujer de 25 años a quien causó un "daño desproporcionado" en una operación de reducción de mama.

Madrid, 2 ago.- Un cirujano miembro de la Sociedad Española de Cirugía Plástica, Reparadora y Estética (SECPRE), que trabaja en Madrid y ha sido condenado al menos en otras cinco ocasiones, deberá pagar 83.000 euros a una mujer de 25 años a quien causó un "daño desproporcionado" en una operación de reducción de mama.

La sentencia por "daños y perjuicios" en este caso, de febrero de 2009, y cuyo recurso interpuesto por la parte demandada fue desestimado el 3 de julio en el Juzgado madrileño de Primera Instancia nº 11, ha sido enviada a Efe por el Defensor del Paciente, como representante de los intereses de la interesada, M.P.R.

A tenor de esta sentencia y otras conocidas contra el mismo cirujano condenado, identificado como D.V.P.P., el Defensor del Paciente ha anunciado que solicitará su expulsión de la SECPRE.

Según la sentencia, este médico llevó a cabo una "mastopexia", intervención que "nada tiene que ver con la reducción (de pecho) solicitada por la paciente", en octubre de 2004 en la Clínica Moncloa, de Madrid.

Al no haber resultado "satisfactoria" esta intervención se practicó otra en septiembre de 2005 de la que resultaron una serie de "secuelas" atribuidas a un "incorrecto desempeño profesional" del demandado.

Según la sentencia, dichas secuelas obligaron a la demandante a someterse, con otro médico, a un "tratamiento reconstructivo" en el que le fueron implantadas unas prótesis.

El texto del fallo dice que la intervención quirúrgica practicada por el demandado fue "técnicamente incorrecta" y que este "lo termina admitiendo" en su recurso a la primera sentencia cuando dice que "el complejo areola-pezón quedó un poco alto".

Según un informe pericial aceptado por el tribunal, el demandado infringió la "lex artis ad hoc" y, además, la segunda cirugía, "de retoque", fue "insuficiente e inadecuada, con un resultado aún peor, no corrigiendo el defecto existente e introduciendo otros nuevos como la disminución exagerada del volumen mamario".

El juez recoge en la sentencia los insuficientes e inadecuados consentimientos informados de las cirugías practicadas, "además de haber existido una insuficiente e inadecuada aplicación de medios no habitual según el estado de la ciencia en la especialidad de cirugía plástica y por tanto no sujeta a la 'lex artis'", dice el Defensor del Paciente.

El fallo judicial añade que las intervenciones practicadas por el cirujano a la paciente demandante "no solo no mejoraron" su estado físico, "sino que se causaron con ellas un daño desproporcionado y no habitual que en modo alguno fue consentido" por ella.

La sentencia concede a la mujer una indemnización de 83.131.04 euros más los intereses legales ocasionados desde la interpelación judicial.

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