Internautas creen que sentencia ataca el derecho a la información

  • La Asociación de Internautas ha criticado hoy la sentencia que obliga a desconectar a un usuario de internet por vulnerar los derechos de autor porque, en su opinión, pone en peligro el derecho fundamental a la información y ha impedido al afectado defenderse.

Barcelona, 21 ene.- La Asociación de Internautas ha criticado hoy la sentencia que obliga a desconectar a un usuario de internet por vulnerar los derechos de autor porque, en su opinión, pone en peligro el derecho fundamental a la información y ha impedido al afectado defenderse.

En un comunicado, la Asociación ha opinado hoy sobre la sentencia de la Audiencia de Barcelona que condena a una operadora a suspender la conexión a internet de un usuario por infringir los derechos de propiedad intelectual al compartir una carpeta con más de 5.000 archivos de música sin conocimiento de sus autores.

La sentencia estima una demanda presentada por Productores de Música de España (Promusicae), Wea Internacional, Sony Music, Warner Music, Universal Music Spain y Emi Music Spain contra R. Cable y Comunicaciones Galicia, operadora que da servicio al usuario afectado.

La demanda obedece a una investigación que llevó a cabo Promusicae en la que constató que el usuario nito75 tenía reproducidos en su disco duro 5.097 archivos de sonido, contenidos todos ellos en la carpeta compartida de su ordenador.

Para la Audiencia, la fijación de grabaciones musicales en el disco duro de un ordenador constituye un acto de reproducción, "en la medida en que permite su comunicación o la obtención de copias",

Además, razona la Audiencia, esas grabaciones se ponen a disposición de una pluralidad de personas, por lo que declara ilícita la actividad realizada por el usuario nito75, por infracción de los derechos de propiedad.

La sala recuerda que la ley permite que los titulares de los derechos de las obras puedan dirigir sus acciones contra los intermediarios que dan servicio al infractor, "aunque los actos de estos no constituyan en sí mismos una infracción", por lo que ordena a R. Cable que suspenda "de forma inmediata y definitiva la prestación del servicio de acceso a internet del usuario nito75".

En opinión de la Asociación de Internautas, la medida que impone la sentencia puede resultar "desproporcionada" dado que pone en peligro el "derecho fundamental a recibir y publicar información por cualquier medio", al tratarse de una suspensión definitiva del acceso a internet, no de una prohibición de utilizar un protocolo determinado.

Además, critica que, como la demanda se dirigía contra la operadora y no contra el usuario, "este no ha podido defenderse, no ha podido presentar un recurso ni mínimamente explicar nada".

"Es más, es posible que no se haya enterado de que estaba abierta esta causa hasta hoy mismo a través de los medios", añade el comunicado.

La Asociación advierte también del peligro de que la condena afecte a otros usuarios que no tengan ninguna relación con la piratería, en el caso de que la conexión la utilicen otros miembros de la familia o compañeros de domicilio del afectado.

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